- Autoridad civil debe conocer de los delitos cometidos por miembros del Ejército contra ciudadanos
- Desde el 2010 se han presentado denuncias, pero el artículo 57 de ese Código dificulta el acceso a la justicia
México,
DF.- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) solicitó a la Cámara
de Diputados modificar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, a fin de
proteger a las víctimas de delitos cometidos por miembros del Ejército
mexicano.
Dicho
artículo establece, entre otras cosas, que son delitos contra la disciplina
militar los del orden común o federal, y que en los casos en que concurran
militares y civiles, los primeros serán juzgados por la justicia militar.
A través de
un documento publicado en la Gaceta Parlamentaria y turnado a la Junta de
Coordinación Política (Jucopo), la CNDH argumentó que el citado precepto
resulta contrario al contenido del artículo 13 de la Constitución Política, el
cual señala que “cuando en un delito o falta del orden militar estuviese
complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda”.
Mencionó
que la CNDH, desde enero de 2010, ha presentado diversas denuncias respecto a
delitos cometidos por miembros del Ejército mexicano en contra de particulares.
La vigencia del artículo 57 del citado Código, dificulta en gran medida el
acceso a la justicia de las víctimas, así como de sus familiares, situación que
justifica plenamente la reforma.
En el
documento, la CNDH precisó que este artículo ha sido motivo de diversos
pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de
recomendaciones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las
Naciones Unidas, así como de sentencias condenatorias para el Estado mexicano
de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
“Sabedor
del compromiso que tiene la LXII Legislatura con los derechos humanos, le
externo lo anterior a fin de que, de ser posible, se adopten las medidas
necesarias para incluir la mencionada reforma en el próximo periodo ordinario”,
solicitó.
Resaltó que
con esta acción se dará cumplimiento a las múltiples recomendaciones de la CNDH
y de los diversos organismos internacionales al respeto; así como proteger de
mejor manera los derechos humanos conforme lo dispone el artículo 1
constitucional, párrafos primero, segundo y tercero.
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