PROFEPA asegura seis reptiles en el aeropuerto internacional de Mérida

  • Pretendían  ser transportados vía aérea a la Ciudad de México, documentados como juguetes
  • Se trata de 2 crías de cocodrilo y 4 iguanas,  especies listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010

Mérida, Yucatán.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró dos crías de cocodrilo (Crocodylus moreletii) y cuatro ejemplares juveniles de iguana verde (Iguana iguana),  los cuales carecían de la documentación correspondiente que avalara su legal procedencia.
Como resultado del fortalecimiento de las acciones conjuntas con las autoridades aeroportuarias  y empresas filiales, se detectó en el Aeropuerto Internacional de la ciudad de Mérida “Manuel Crescencio Rejón”,  una pequeña caja de cartón que contenía dos crías de cocodrilo moreletii y cuatro ejemplares juveniles de iguana verde que pretendían  ser transportados vía aérea a la Ciudad de México documentados como juguetes.
Ante ello, funcionarios de la Delegación Federal de la PROFEPA en dicha entidad levantaron el acta respectiva de inspección en materia de vida silvestre, y  se aseguraron  los ejemplares que fueron trasladados  a la Unidad de Fomento a la Conservación y aprovechamiento Sustentable de la Vida Silvestre (UMA), “Parque Zoológico El Centenario”, ubicado en la Ciudad de Mérida, Yucatán para su resguardo y protección. 
Es importante resaltar que el tráfico ilegal de vida silvestre trae consigo una alta tasa de mortalidad de ejemplares, ya que sólo el 10% de las especies que se trafican sobrevive al stress, la falta de comida y el hacinamiento, a los cuales se ven sometidos al ser transportados hacia su destino.

Con base en la Ley General de Vida Silvestre,  artículo 122, se considera una infracción la posesión de  ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural, sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia o en contravención a las disposiciones para su manejo establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y recursos Naturales (SEMARNAT), estableciendo una multa de 50 a 50,000 veces el salario mínimo vigente.

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