- Serán cinco en el municipio de Mérida, dos en Progreso, uno en Tinum, 1 en Valladolid y 1 en Ticul, para que los ciudadanos en tránsito puedan emitir su voto.
- El Consejo General del IEPAC aprueba los lineamientos para su correcto funcionamiento.
- En sesión extraordinaria aprueban la sustitución de candidatos, el gafete que portarán los asistentes electorales y el IEPAC se reporta listo para la jornada electoral.
En sesión extraordinaria, el Consejo General del IEPAC
aprobó también la sustitución de candidatos presentada por los partidos
políticos Acción Nacional y Verde Ecologista de México, así como el modelo de
gafete de identificación que será utilizado por los Asistentes Electorales
Municipales.
La consejera presidenta, María de Lourdes Rosas Moya dijo
que con los acuerdos de hoy, los simulacros del sistema de información y la capacitación
a los Consejos Electorales Distritales y Municipales para poder realizar
correctamente los cómputos, el IEPAC se reporta prácticamente listo para la
jornada electoral.
En relación con las casillas especiales estas se ubicarán:
cinco en el municipio de Mérida, dos en Progreso, uno en Pisté, comisaría de
Tinum; uno en Valladolid y uno más en Ticul, en los sitios que tradicionalmente
los instala el Instituto Nacional Electoral (INE).
Además del Presidente, los dos secretarios y los tres
escrutadores, de acuerdo con los lineamientos aprobados, las casillas únicas
especiales contarán con un operador de equipo de cómputo, con la finalidad de
agilizar el procedimiento de votación, el cual estará a cargo del uso adecuado
de una computadora portátil proporcionada por la Dirección Ejecutiva del
Registro Federal de Electores del INE, con la información para identificar el
tipo de elección por la que tienen derecho a sufragar los electores que el día
de la jornada, se encuentren en tránsito fuera de los distintos ámbitos
electorales, así como para evitar que puedan sufragar quienes estén impedidos
legalmente para hacerlo.
Los electores podrán sufragar en las casillas especiales
para el tipo de elección que corresponda según su domicilio y la ubicación de
la casilla especial. Los que se encuentren fuera de su sección, pero dentro de
su municipio y Distrito local podrán votar para elegir regidores y diputados
por los principios de mayoría relativa y de representación proporcional.
Aquellos que se encuentren transitoriamente fuera de su
sección y distrito local, pero dentro de su municipio, podrán votar para elegir
regidores y diputados por el principio de representación proporcional; los que
estén fuera de su sección, municipio, distrito local, pero dentro del Estado,
podrán votar únicamente por diputados por el principio de representación
proporcional.
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