INAI instruyó a la SEDENA entregar partes militares del caso Tlatlaya

México, DF.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) entregar versiones públicas de los partes militares de los hechos ocurridos en Tlatlaya, Estado de México, el 30 de junio de 2014.

El pleno del INAI determinó que el sujeto obligado entregue a una particular los siguientes partes informativos: a) Del el comandante a cargo de los soldados que participaron en los hechos de Tlatlaya; b) Del superior jerárquico que era encargado de estos soldados; y c) Del comandante de la 22 Zona Militar a su superior jerárquico.

La Sedena respondió, en un primer momento, que no existían tales partes militares y la orientó a presentar su requerimiento a las procuradurías General de la República y de Justicia del Estado de México, así como consultar boletines de prensa emitidos por la misma Secretaría, sobre el caso Tlatlaya.

Posteriormente, en respuesta ampliada, reconoció la existencia de los partes, pero señaló que estaban clasificados como reservados, con base en el artículo 14 fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por estar integrados a una causa penal, en periodo de instrucción, en el Juzgado Sexto Militar por delitos y faltas contra la disciplina militar, que no constituyen violaciones graves a los derechos humanos.

Inconforme con la respuesta, la solicitante interpuso recurso de revisión, turnado a la ponencia del comisionado Oscar Mauricio Guerra Ford, quien en el proyecto de resolución presentada ante el Pleno del INAI propuso modificar la respuesta de la Sedena, toda vez que los partes militares requeridos fueron preexistentes a las diligencias en el juzgado militar.

"La difusión de los partes informativos no causan un serio perjuicio a la impartición de justicia; tampoco afectan las estrategias en procesos judiciales o administrativos,  ni, mucho menos, constituyen expedientes judiciales o de procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio pendientes de causar estado”, señaló.

 “No es susceptible de clasificarse como reservada la información solicitada, debido a que su contenido da cuenta del ejercicio de las funciones sustantivas del ahora sujeto recurrido respecto de un acontecimiento relevante en materia de Derechos Humanos, donde hubieron decesos por causa de un enfrentamiento entre el personal militar y un grupo de delincuentes en el municipio de Tlatlaya, México, el 30 de junio de 2014”, concluyó el comisionado Guerra Ford.

A propuesta del ponente, el pleno del INAI modificó la respuesta de la Sedena y le instruyó a proporcionar los partes informativos solicitados.

En razón de que los partes militares pueden contener datos personales, los cuales son confidenciales de conformidad con el artículo 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, la Sedena deberá proporcionar una versión pública de los mismos.

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