- La especie de tortuga de monte llamada mojina (Rhinoclemmys areolata) se encuentra enlistada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de Amenazada (A)
En atención a una denuncia ciudadana, personal de la
Delegación de la PROFEPA en la entidad realizó una visita de inspección y
acudió a un predio residencial donde se identificaron 31 tortugas terrestres,
de las cuales 14 son de la especie casquito (Kinosternon sp.) y 17 de la
especie mojina (Rhinoclemmys areolata).
Al solicitar la documentación que acreditara la legal
procedencia de los especímenes, el visitado no cumplió con el requisito; en
consecuencia, como medida de seguridad, personal de esta dependencia federal
procedió a asegurar de manera precautoria
el total de quelonios.
La tortuga de monte llamada
mojina (Rhinoclemmys areolata) se encuentra listada en la
NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría la
categoría de Amenazada (A),y se distribuye en Campeche y Yucatán.
La Ley General de Vida Silvestre establece que poseer
ejemplares de la vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los
medios para demostrar su legal procedencia puede ser sancionable con el
equivalente de 50 a 50 mil veces el salario mínimo general vigente en el
Distrito Federal al momento de imponer la sanción.
Además, el Código Penal Federal establece que quien realice
cualquier actividad con fines de tráfico, incluyendo la posesión de algún
ejemplar de una especie de flora o fauna silvestre considerada como amenazada
puede ser acreedor de uno a nueve años de prisión.
Es importante mencionar que toda aquella persona que desee
adquirir algún ejemplar de vida silvestre como mascota,debe solicitar la
documentación que ampare la legal posesión del ejemplar de acuerdo a la Ley
General de Vida Silvestre y su reglamento, además de garantizar que se le
brindarán la condiciones de trato digno y respetuoso.
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