- Está estipulado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Mérida, Yucatán.- Todos los trabajadores, ya sean de base,
planta, confianza, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, y
eventuales, entre otros, tienen derecho al aguinaldo, señaló el secretario del
Trabajo y Previsión Social, Enrique Castillo Ruz.
La prestación anual también aplica para los comisionistas,
agentes de comercio, seguros, vendedores y semejantes que se rijan por la Ley
Federal del Trabajo (LFT), expresó.
Los empleados con menos de un año tienen derecho a que se
les pague la parte proporcional al tiempo que hayan laborado,
independientemente de que ya no estén en la empresa o que se encuentren en una
distinta.
Explicó que inicialmente, el aguinaldo era una gratificación
voluntaria que el patrón otorgaba a sus empleados con motivo de las fiestas
navideñas, pero ante el beneficio que representaba, se consignó en la
legislación laboral, en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
El pago de éste debe ser cubierto por la firma o el jefe
antes del 20 de diciembre, y es un derecho irrenunciable de los trabajadores,
además de sus otras prestaciones. Las compañías que no cumplan con lo anterior
pueden ser sujetas a una sanción, que va de los 50 a los cinco mil salarios,
apuntó.
Tras informar que hasta la fecha no hay quejas por
incumplimiento al respecto, el funcionario recordó que la STPS estará al
pendiente para atender cualquier duda, en las oficinas ubicadas en calle 66
número 438 por 49 y 53 del Centro, en horario de 8:00 a 15:00 horas.
También, se puede acudir a la Procuraduría local de la
Defensa del Trabajo, en la avenida Internacional entre 14 y 16, de la colonia
Ciudad Industrial.
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