- El inspeccionado no acreditó la legal procedencia de los ejemplares de vida silvestre.
- Los ejemplares se encontraban en exhibición en el restaurante.
Personal de la PROFEPA realizó visita de inspección en el
establecimiento mercantil, de giro restaurante, en el que se encontraban los
dos ejemplares de vida silvestre, juveniles, sin que contaran con marcajes de
ningún tipo ni documentos que acreditaran su legal procedencia.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 117, fracción
I, de la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), se determinó el aseguramiento
precautorio de dichos ejemplares.
Los ejemplares fueron dejados temporalmente en depositaría
del inspeccionado, en virtud de que para su traslado a otro sitio, deben
reunirse ciertas condiciones, como el ayuno correspondiente de los ejemplares,
toda vez que por su fisiología estos pueden sufrir problemas graves, así como
de estrés.
No obstante, se realizaron las diligencias para que los
ejemplares sean recibidos en la Unidad de Manejo para la Conservación de Vida
Silvestre "Parque Zoológico Bicentenario Animaya".
La LGVS establece que poseer ejemplares, partes y derivados
de vida silvestre sin contar con los medios para demostrar su legal
procedencia, constituye una infracción que puede ser sancionada con el
equivalente de 50 a 50 mil Unidades de Medida y Actualización.
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