Mérida, Yucatán.- Tras varias semanas de análisis y
trabajos, incluidas reuniones con las partes involucradas, diputados de la
Comisión Permanente de Justicia y Seguridad Pública aprobaron el dictamen para
reformar la Ley del Notariado del Estado de Yucatán.
En sesión de este día, también se aprobó modificar el Código
Penal del Estado de Yucatán para sancionar como conducta delictiva a quien
altere o modifique documentos oficiales ante una autoridad o fedatario público.
“Con estas acciones se cumple con los temas que nos ha
solicitado la sociedad. La voluntad de todas las fuerzas políticas permitió
trabajar en torno a los cuatro dictámenes aprobados este día, lo que dará paso
a productos legislativos de calidad”, afirmó la presidenta de la Junta de
Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado, Celia Rivas
Rodríguez.
A los dos dictámenes citados, durante la jornada legislativa
también se aprobaron los concernientes a modificar la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado en materia de Jueces de Primera Instancia y las reformas a
la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública sobre las instancias del
Sistema Estatal de Seguridad Pública, ambas enviadas por el Ejecutivo estatal.
Por lo que toca a las reformas a la Ley del Notariado, el
dictamen fue aprobado por mayoría, con el voto a favor de Celia Rivas
Rodríguez, Daniel Granja Peniche (PRI), Cindy Santos Ramayo (PANAL), Raúl Paz
Alonzo, Ramiro Moisés Rodríguez Briceño y Marco Antonio Novelo Rivero (PAN) y un
voto en contra del diputado Henry Sosa Marrufo.
Al detallar sobre las modificaciones en el tema de los
notarios se destacó que el notario titular será responsable solidario de todos
los actos jurídicos realizados por el notario suplente; es decir que exista
corresponsabilidad de la función notarial entre ambos, con lo que se
garantizará la seguridad jurídica del patrimonio de los yucatecos.
De igual manera, los notarios públicos podrán designar un
máximo de tres personas para que lo auxilien en los trámites notariales ante el
Instituto de Seguridad Jurídica Patrimonial de Yucatán, mismas que deberán
estar registradas ante el Consejo de Notarios y la Dirección del Archivo
Notarial, lo que se tendrán un mayor control y confianza.
Rivas Rodríguez, afirmó que otro punto innovador es que los
notarios y escribanos deberán informar semestralmente al Consejo de Notarios
Estatal sobre el índice cronológico de los actos notariales y escrituras
públicas que otorgue por cada libro del protocolo.
Otro punto destacado es que los aspirantes al examen para
notario público tendrán que acreditar un curso de ética y práctica notarial,
que deberá tomarse una vez expedida la constancia de terminación de dichas
prácticas y aprobarse dentro de los dos años anteriores a la presentación del
examen a aspirante a notario.
Se propone delimitar que en ningún caso un notario podrá
realizar convenios de suplencias vigentes con más de tres notarios públicos a
la vez y que el notario que solicite licencia únicamente podrá ser sustituido
por alguno de sus homólogos con los que haya celebrado el convenio de suplencia
o por un aspirante a notario que cuente con la patente respectiva vigente.
En las citadas reformas aprobadas se establecen también las
condiciones para revocar la patente de notario público cuando sea por
resolución de una sentencia ejecutoria o cuando el propio notario lo solicite
derivado de su edad avanzada o enfermedad o cuando ésta sea impuesta como
sanción.
En torno a los escribanos públicos se implementará un modelo
permanente de actualización y capacitación, modalidad que será condicionante
para quienes deseen ser ratificados en sus funciones.
En cuanto al límite de sus operaciones se acordó aumentar la
cuantía de sus actos pasando de 1200 UMAS a 2000; es decir, 160 mil pesos, a lo
que se suman el tema de las patentes que seguirán vigentes hasta el 31 de
diciembre de 2021.
Por lo que toca a las reformas al Código Penal aprobadas en
Comisión, incurrirá en una conducta delictiva quien altere o modifique el
estado civil en un acta de matrimonio con el fin de aparentar tener un régimen
conyugal diferente, considerándose como agravantes utilizar dicho documento
falsificado ante una autoridad o fedatario público.
Así mismo, se crea una nueva modalidad de fraude para quien
comparezca ante un fedatario público con documentos apócrifos o alterados
pretendiendo acreditar una personalidad distinta y para quien utilice testigos
para acreditar una identidad falsa, delito que se sancionará con una pena
prevista de cuatro a ocho años de prisión.
Por último, se incrementa la pena privativa de la libertad
prevista en la Ley del Notariado para quienes rindan declaraciones falsas ante
un fedatario o siendo fedatario que haga constar hechos falsos. En ese caso, la
sanción será de seis meses a seis años de prisión.
Poder Judicial y Sistema Estatal de Seguridad
En lo concerniente a los otros dos dictámenes aprobados
durante la jornada de este día, el primero fue el de las modificaciones a la
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado en materia de jueces de primera
instancia con el que se avala que el retiro de los jueces pueda ser hasta los
75 años de edad y no a los 70, siempre que sus capacidades físicas y mentales
para realizar su función se los permitan.
En lo referente a las modificaciones a la Ley del Sistema
Estatal de Seguridad Pública, se aprobó que tanto el Centro Estatal de
Evaluación y Control de Confianza como el Centro Estatal de Información se
transfieran y queden a cargo de la Secretaría de Seguridad Pública, tal como
está en otros 17 estados de la República.
Al término de la sesión Beatriz Zavala Peniche, Cindy Santos
Ramayo y Daniel Granja Peniche resaltaron la aportación en cada una de las
iniciativas presentadas, así como la participación ciudadana que redituarán en
favor de la seguridad jurídica y patrimonial, así como los temas referentes a
seguridad y el Poder Judicial.
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