Día Contra el Trabajo Infantil: Los datos que se deben combatir

En marzo de 2016, Mohammed de doce años, refugiado sirio de Kobani, trabajaba como mecánico en un taller de reparación de coches en Erbil (Iraq). Un estudio realizado por la OIT, revela la correlación existente entre el trabajo infantil y las situaciones de conflictos o desastres. Foto: UNICEF/UN020145/Yar
En 2002, la Organización Internacional del Trabajo instauró el 12 de junio como el Día Mundial Contra el Trabajo Infantil con el fin de alertar acerca de este problema. 

Protejamos a los niños del trabajo infantil
Unos 168 millones de niños y niñas son víctimas del trabajo infantil. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) lanzó el "Día mundial contra el trabajo infantil" en 2002 para concienciar acerca de la magnitud de este problema y aunar esfuerzos para erradicar esta realidad. El 12 de junio de cada año tenemos la oportunidad de fomentar y coordinar las iniciativas de los gobiernos, las patronales y sindicatos, la sociedad civil, los medios de comunicación y muchos otros actores locales, como escuelas y ayuntamientos, en la lucha contra el trabajo infantil.

En 2015, los dirigentes mundiales adoptaron los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), que incluían un renovado compromiso para acabar con el trabajo infantil. En particular, la Meta 8.7, hace un llamamiento a la comunidad internacional para “adoptar medidas inmediatas y eficaces para erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de seres humanos, y asegurar la prohibición y eliminación de las peores formas de trabajo infantil, incluidos el reclutamiento y la utilización de niños soldados, y, para 2025, poner fin al trabajo infantil en todas sus formas”.

Los niños deberían trabajar en sus sueños, no en el campo
Los niños no deberían trabajar en el campo, sino en sus sueños. Sin embargo, hoy en día, 152 millones de niños todavía se encuentran en situación de trabajo infantil. Aunque esto ocurre en todos los sectores, 7 de cada 10 niños en situación de trabajo infantil pertenecen al sector de la agricultura.

Este 2019, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) celebra 100 años promoviendo la justicia social y promoviendo el trabajo decente. La celebración de este día examinará los avances logrados a lo largo de los 100 años de apoyo de la OIT a los países para luchar contra el trabajo infantil. Desde su fundación en 1919, la protección de los niños se ha inscrito en la Constitución de la OIT (Preámbulo). Uno de los primeros convenios adoptados por la OIT se refería a la edad mínima en la industria (Convenio núm. 5, 1919).

Asimismo, este año miraremos con especial interés hacia la Meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible para eliminar el trabajo infantil en todas sus formas de aquí a 2025. Para fomentar la Alianza 8.7 Disponible en inglés, que tiene como objetivo catalizar la acción para lograr dicha meta, solicitamos que se tomen dichas medidas para llevar a cabo los últimos desafíos, de modo que la comunidad mundial pueda avanzar firmemente hacia la eliminación del trabajo infantil. Un informe de la OIT Disponible en ingléspublicado recientemente allana el camino para los enfoques y respuestas en materia de políticas.

Este 2019 es, además, el vigésimo aniversario de la adopción del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil de la OIT, 1999 (núm. 182). Con la pequeña ausencia de algunos países que aún no lo han revalidado, este Convenio está cerca de la ratificación universal. En este Día, pedimos la plena ratificación y aplicación de este convenio y del Convenio de la OIT sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138); así como la del Protocolo de 2014 del Convenio sobre el trabajo forzoso, que protege tanto a los adultos como a los niños.

Antecedentes
¿Qué se entiende por trabajo infantil?
El trabajo infantil pone en riesgo a los menores y viola tanto el derecho internacional como las legislaciones nacionales. Priva a los niños de su educación o les exige asumir una doble carga: el trabajo y la escuela. El trabajo infantil, que debe ser eliminado, es un subconjunto de actividades laborales llevadas a cabo por menores de edad e incluye:

Las «incuestionablemente» peores formas de trabajo infantil, tales como la esclavitud, o prácticas similares, y el uso de niños en la prostitución u otras actividades ilegales.

El trabajo hecho por los niños menores de la edad legal para ese tipo de tareas, tal y como se establece en las legislaciones nacionales de acuerdo con los estándares internacionales.

En la actualidad, cerca de 168 millones de niños trabajan en el mundo, muchos a tiempo completo. Ellos no van a la escuela y no tienen tiempo para jugar. Muchos no reciben alimentación ni cuidados apropiados. Se les niega la oportunidad de ser niños. Más de la mitad de estos niños están expuestos a las peores formas de trabajo infantil como trabajo en ambientes peligrosos, esclavitud, y otras formas de trabajo forzoso, actividades ilícitas incluyendo el tráfico de drogas y prostitución, así como su participación involuntaria en los conflictos armados.

El Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC), guiado por los principios consagrados en el Convenio núm 138 sobre la edad mínima y el Convenio núm 182 sobre las peores formas de trabajo infantil de la OIT, trabaja para alcanzar la abolición efectiva del trabajo infantil.

Estándares laborales
Uno de los principales objetivos que se fijaron para la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuando se fundó en 1919 fue la abolición del trabajo infantil. Desde una perspectiva histórica, el principal instrumento de la OIT para alcanzar el objetivo de la abolición efectiva del trabajo infantil ha sido la adopción y la supervisión de los estándares laborales en los que se aborda el concepto de edad mínima de admisión al empleo o al trabajo. Además, desde 1919, el principio de que las normas relativas a la edad mínima deberían ir asociadas a la escolarización ha formado parte de la tradición normativa de la OIT en esa esfera. En él Convenio núm. 138 se establece que la edad mínima de admisión al empleo no deberá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar.

La adopción por la OIT diez años después del Convenio núm. 182 consolidó el consenso que existía a escala mundial en torno a la eliminación del trabajo infantil. Este instrumento estableció los objetivos más concretos que tanto se necesitaban, sin abandonar el objetivo general expresado en el Convenio núm. 138 de la abolición efectiva del trabajo infantil. Además, el concepto de las peores formas contribuye a fijar prioridades y puede servir como punto de partida para abordar el problema principal del trabajo infantil. El concepto también ayuda a prestar atención a los efectos del trabajo en los niños y al tipo de trabajo que realizan.

El trabajo infantil, prohibido en el derecho internacional, queda comprendido en tres categorías, a saber:

Las formas incuestionablemente peores de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía, y otras actividades ilícitas.

Un trabajo realizado por un niño que no alcanza la edad mínima especificada para ese tipo de trabajo (según determine la legislación nacional, de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas), y que, por consiguiente, impida probablemente la educación y el pleno desarrollo del niño.

Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del niño, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina «trabajo peligroso»

Datos y cifras
En todo el mundo, 218 millones de niños de entre 5 y 17 años están ocupados en la producción económica. Entre ellos, 152 millones son víctimas del trabajo infantil; casi la mitad, 73 millones, están en situación de trabajo infantil peligroso.

En términos absolutos, casi la mitad del trabajo infantil (72 millones) se concentra en África; 62 millones en Asia y el Pacífico; 10,7 millones en las Américas; 1,1 millones en los Estados Árabes; y 5,5 millones en Europa y Asia Central.

En términos absolutos, casi la mitad del trabajo infantil (72 millones) se concentra en África; 62 millones en Asia y el Pacífico; 10,7 millones en las Américas; 1,1 millones en los Estados Árabes; y 5,5 millones en Europa y Asia Central.

En términos de prevalencia, 1 de cada 5 niños de África (19,6%) están en situación de trabajo infantil, mientras que en otras regiones la prevalencia oscila entre el 3% y 7%: 2,9% en los Estados Árabes (1 de cada 35 niños); 4,1% en Europa y Asia Central (1 de cada 25); 5,3% en las Américas (1 de cada 19); y 7,4% en la región de Asia y el Pacífico (1 de cada 14).

Casi la mitad de los 152 millones de niños víctimas del trabajo infantil tienen entre 5 y 11 años; 42 millones (28%) tienen entre 12 y 14 años; y 37 millones (24%), entre 15 y 17 años.

La prevalencia del trabajo infantil peligroso es mayor en los niños de entre 15 y 17 años. Con todo, una cuarta parte de los niños ocupados en el trabajo infantil peligroso (19 millones) son menores de 12 años.

De los 152 millones de niños en situación de trabajo infantil, 88 millones son varones y 64 millones son niñas.

Los niños varones representan el 58% del total de ambos sexos en situación de trabajo infantil, y el 62% del total de ambos sexos que realizan trabajo peligroso. Se observa que los niños corren más riesgos que las niñas de verse involucrados en el trabajo infantil, pero esta apreciación puede deberse a que el trabajo de las niñas no siempre se declara, especialmente en el caso del trabajo infantil doméstico.

El trabajo infantil se concentra en primer lugar en la agricultura (71%), que incluye la pesca, la silvicultura, la ganadería y la acuicultura, y comprende tanto la agricultura de subsistencia como la comercial; el 17% de los niños en situación de trabajo infantil trabaja en el sector de servicios; y el 12% en el sector industrial, en particular la minería.

Fuente: Estimación mundial sobre el trabajo infantil: Resultados y tendencias, 2012-2016, Ginebra, septiembre de 2017. ArtícuLO de la ONU.

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