Revisará Segob lineamientos de clasificación de programas en radio y tv abierto y restringidos y comercialización de videojuegos

Tras lamentar lo ocurrido hoy en el Colegio Cervantes de la ciudad de Torreón, Coahuila, la Secretaría de Gobernación informó que trabaja en la revisión de lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas y del servicio de televisión y audio restringidos, y en la elaboración de los lineamientos de clasificación y comercialización de videojuegos.
  • Reitera Sipinna la necesidad de fortalecer acciones de gobierno en contra de las violencias que aquejan a la niñez y a la adolescencia
  • SEGOB pide a medios impresos, radio y televisión evitar la difusión de la imagen y datos personales de las niñas, niños y adolescentes involucrados del caso Torreón
  • Informa que estarán monitoreando a los medios y quien incumpla podrá hacer acreedor a sanciones relacionadas con el artículo 148 fracciones IV, V, VI y VII de la LGDNNA.
Ciudad de México.- Tras lamentar lo ocurrido hoy en el Colegio Cervantes de la ciudad de Torreón, Coahuila, la Secretaría de Gobernación informó que trabaja en la revisión de lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas y del servicio de televisión y audio restringidos, y en la elaboración de los lineamientos de clasificación y comercialización de videojuegos. 

Mediante un comunicado, la dependencia informó que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna) revisará dos temas, el de salud y acompañamiento socioemocional, así como control en el acceso a armas de menores de edad.

Por otra parte, las direcciones generales de Medios impresos de Radio, Televisión y Cinematografía de la SEGOB pidieron a los medios evitar la difusión de la imagen y datos personales de las niñas, niños y adolescentes involucrados del caso Torreón, que estarán monitoreando las publicaciones y quienes incumplan podrían “hacerse acreedores a las sanciones relacionadas con el artículo 148 fracciones IV, V, VI y VII de la LGDNNA”.

En el caso de radio y televisión se advirtió que “los concesionarios de radio y televisión no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales, o cualquier otra referencia que permita la identificación de niñas, niños o adolescentes, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades”.

Le petición llego también a Twitter.


Hoy en el Colegio Cervantes de la ciudad de Torreón, Coahuila, perdieron la vida un niño de sexto de primaria y una maestra, además de que cinco menores y un profesor resultaron heridos, “en un acto violento que conmueve a la comunidad coahuilense y al país”, in dicó la SEGOB.

Ante dicho suceso, el Sipinna reitera la imperiosa necesidad de fortalecer corresponsablemente, en lo familiar, escolar, ámbito comunitario y en los tres órdenes de gobierno las acciones en contra de las violencias que aquejan a la niñez y adolescencia en el país.

Lo anterior, con una visión integral y de derechos humanos, lo que supone comprender los hechos de violencia en una mirada multidimensional, y no criminalizar a las víctimas, particularmente cuando son niñas, niños o adolescentes. Para ello, tratará de manera expresa este punto en la siguiente sesión del Sipinna nacional.

Las violencias no solo se consuman en un tiroteo en una escuela como el ocurrido hoy, sino son violencias cotidianas como el castigo corporal, abuso sexual, los homicidios y feminicidios, y los suicidios que afectan la vida de niñas, niños y adolescentes y que como país hemos ido normalizando e invisibilizando. Baste mencionar que los registros existentes en cada uno de los delitos señalados se han incrementado desde 2010. 

Con base en el Interés Superior de la Niñez, consagrado en el artículo 4º de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, toda acción política debe anteponer la protección y garantía de los derechos de niñez y adolescencia, con una visión de corresponsabilidad, por lo cual expresamos y llamamos al compromiso de todas las autoridades, encabezadas por el Gobierno de México, de crear las condiciones para recomponer el tejido social, el impulso de la convivencia pacífica en las comunidades y el fortalecimiento de la seguridad en sentido amplio. 

En este sentido se describen algunas de las acciones que se llevan a cabo desde la Secretaría Ejecutiva del Sipinna:

Se colabora estrechamente con la Secretaría de Educación Pública para fortalecer integralmente el Programa Nacional de Convivencia Escolar de educación básica desde un enfoque de derechos humanos, y de corresponsabilidad, incluyendo la ampliación de capacidades para la educación de habilidades socioemocionales, y los mecanismos de alerta temprana.

Asimismo, se desarrollan programas integrales de seguridad escolar en educación media superior, como el ya iniciado con el Colegio Nacional de Educación Profesional Técnica, Conalep.

Se trabaja con la Conferencia Nacional de Gobernadores, vía su Comisión de Protección Integral de Niñez y Adolescencia, en un programa aprobado en 2019 que incluye la creación de los planes de acción estatales en contra de la violencia infantil y adolescente, y el necesario fortalecimiento de sus procuradurías estatales y municipales de protección de niñez y adolescencia. 

La Secretaría de Gobernación trabaja en la revisión de lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas y del servicio de televisión y audio restringidos, y en la elaboración de los lineamientos de clasificación y comercialización de videojuegos. 

Para la atención directa de lo sucedido en Torreón, existe coordinación directa con las autoridades del gobierno de Coahuila, a fin de garantizar la atención a los niños heridos y la contención emocional del alumnado del Colegio Cervantes, a través de la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia, (PRONNIF).

El Sipinna revisará dos temas, el de salud y acompañamiento socioemocional, así como control en el acceso a armas de menores de edad.

En lo ocurrido en Torreón, las autoridades, los medios de comunicación y la ciudadanía deben proteger los datos personales de los niños involucrados. No solo se debe respetar el derecho a la intimidad y a una vida libre de violencia de las personas menores de edad, sino evitar su posterior victimización, discriminación y daños.

Es urgente el fortalecimiento de las políticas públicas de protección integral para garantizar el derecho de la niñez y adolescencia, con énfasis en el derecho a una vida libre de violencia y luchando contra la cultura de normalización de las violencias que aquejan la vida cotidiana de niñas, niños y adolescentes. 


AVISO IMPORTANTE A DIRECTORES DE MEDIOS
DIRECTORES DE MEDIOS IMPRESOS Y DIGITALES 
Presentes
En cumplimiento de lo que establecen los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 17 y19 de la Convención sobre los Derechos del Niño ratificada por México y Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991, 27 fracción XL de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 66 y Capítulo Décimo Séptimo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA), así como 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y ponderando ante todo el interés superior de la niñez y de adolescentes, se les solicita por este medio evitar la difusión de la imagen y datos personales de las niñas, niños y adolescentes involucrados con los hechos ocurridos la mañana de hoy en el Colegio Cervantes en Torreón, Coahuila, aun cuando la difusión pudiera considerarse de carácter informativo, siendo que respecto de los derechos de libertad de expresión y de prensa, deben en este caso preponderar los derechos de niñas, niños y adolescentes, de conformidad con lo ordenado en los artículos citados.

En consecuencia, se solicita la implantación de medidas de protección en favor de los menores involucrados en los hechos ocurridos en el referido Colegio, para evitar, por parte de los medios impresos y digitales, la violación al derecho a la intimidad de los mismos, al difundir su imagen y datos personales, poniendo en riesgo su integridad al hacerlos identificables.

Se les solicita que en estricto apego a lo dispuesto por el capítulo Décimo Séptimo de la LGDNNA, en el manejo informativo de los hechos ocurridos en Torreón, Coahuila, se observen las siguientes disposiciones:

1. Los medios de comunicación no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales, o cualquier otra referencia que permita la identificación de niñas, niños o adolescentes, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades.

2. No está permitido difundir datos personales de niñas, niños o adolescentes relacionados con la comisión de un delito, ya sean autores, víctimas o testigos.

3. Debe evitarse la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendientes a la discriminación, criminalización o estigmatización de niñas, niños o adolescentes.

4. Con base en la LGDNNA, estas disposiciones son también aplicables a medios electrónicos sobre los que tenga control el director del medio.

Asimismo, se le informa que la Dirección General de Medios Impresos dará puntual seguimiento al cumplimiento de la referida Ley a través del sistema de monitoreo, de conformidad con las atribuciones que tiene en relación con la protección del derecho a la intimidad de niñas, niños y adolescentes, pudiéndose hacerse acreedores a las sanciones relacionadas con el artículo 148 fracciones IV, V, VI y VII de la LGDNNA.

En relación con lo expuesto, cabe precisar que esta Dirección General reitera su respeto al derecho a la libertad de expresión, de prensa, de programación y de recepción de contenidos; por lo que, sin menos cabo de estos principios, se realiza esta solicitud de medidas de protección, en lo atención con lo dispuesto en la LGDNNA y en defensa del principio de interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

ATENTAMENTE
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIOS IMPRESOS

AVISO IMPORTANTE A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A TODAS LAS RADIODIFUSORAS Y TELEVISORAS DE LA REPÚBLICA MEXICANA

En relación con el manejo informativo de los hechos ocurridos la mañana de hoy en el Colegio Cervantes de Torreón, Coahuila, se hace un llamado para que, en estricto apego a lo dispuesto por el Capítulo Décimo Séptimo de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGNNA), se observen las siguientes disposiciones:

1. Los concesionarios de radio y televisión no deben difundir imágenes, voz, nombre, datos personales, o cualquier otra referencia que permita la identificación de niñas, niños o adolescentes, aun cuando se modifiquen, difuminen o no se especifiquen sus identidades.

2. No está permitido difundir datos personales de niñas, niños o adolescentes relacionados con la comisión de un delito, ya sean autores, víctimas o testigos.

3. Debe evitarse la difusión de imágenes o noticias que propicien o sean tendientes a la discriminación, criminalización o estigmatización de niñas, niños y adolescentes.

4. Con base en la LGNNA, estas disposiciones son también aplicables a medios electrónicos sobre los que tenga control el concesionario.

La Dirección General dará seguimiento puntual al cumplimiento de la referida Ley a través del monitoreo correspondiente, de conformidad con las atribuciones que tiene en relación con la protección del derecho a la intimidad de niñas, niños y adolescentes.

A T E N T A M E N T E
DIRECCIÓN GENERAL DE RADIO, TELEVISIÓN Y CINEMATOGRAFÍA

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