México, DF.- La Procuraduría General de la República (PGR)
deberá dar a conocer el número de averiguaciones previas iniciadas en contra de
agentes adscritos a ésta, a partir de denuncias por el delito de tortura,
instruyó el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
(IFAI).
En respuesta a una particular que solicitó esa información,
la PGR manifestó que, derivado de una búsqueda en el “Sistema Institucional de
Información Estadística” (SIIE) y en el “Libro Blanco de Gobierno”, la
Dirección General de Control de Averiguaciones Previas no obtuvo ningún
resultado, por lo que su Comité de Información confirmó la inexistencia.
Inconforme con lo señalado por la PGR, la particular
presentó un recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue turnado a la
comisionada María Elena Pérez-Jaén, en el que manifestó que, de acuerdo con el
“Informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos al Comité contra la
Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, sobre el cumplimiento de la
convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes en México", y el informe "Situación de la Tortura en
México" de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT), se han
documentado por lo menos 16 casos, en los que se encuentran relacionados
agentes de la PGR.
En alegatos, el sujeto obligado reiteró la inexistencia.
En el análisis del caso, la comisionada ponente expuso lo
siguiente:
- El delito de tortura es aquel que comete todo servidor
público que, con motivo de sus atribuciones, inflija a una persona dolores o
sufrimientos graves, sean físicos o psíquicos.
- En el Acuerdo A/018/12 de la Procuraduría General de la
República, se establece que en caso de que exista información que no se
encuentre contenida en el SIIE, la solicitud deberá ser atendida directamente
por la unidad administrativa correspondiente.
- Además de la Dirección General de Control de
Averiguaciones Previas, existen diversas unidades administrativas dotadas de
atribuciones y facultades para conocer de la información requerida, mismas en
las que la propia PGR ha instruido la búsqueda para otras solicitudes de
acceso.
- La PGR publicó en su “Informe de labores 2012”, que la
Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de
Personas inició 33 averiguaciones previas, entre las que se incluyen las
cometidas por el delito de tortura.
- En el portal electrónico de la PGR, se encontró que ésta
implementa diversos mecanismos y alternativas para el combate a la tortura, de
conformidad con el “Protocolo de Estambul” y diversas instancias
internacionales en materia de Derechos Humanos.
- Se concluye que el criterio de búsqueda utilizado por la
PGR no fue exhaustivo.
Por lo anterior, a propuesta de la comisionada Pérez-Jaén,
el Pleno del IFAI revocó la respuesta e instruyó a la PGR una nueva búsqueda
exhaustiva en todas la unidades administrativas competentes, entre las que no
podrá omitir la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y
Amparo; la Subprocuraduría de Derechos Humanos, Atención a Víctimas y Servicios
a la Comunidad; la Visitaduría General; la Coordinación de Planeación,
Desarrollo e Innovación Institucional; la Dirección General de Control de
Averiguaciones Previas; la Dirección General de Control de Procesos Penales
Federales.
Así también, la Dirección General de Promoción de la Cultura
en Derechos Humanos, Atención a Quejas e Inspección; la Dirección General de
Atención a Recomendaciones y Amigables Conciliaciones en Derechos Humanos; la
Dirección General de Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la
Institución; la Dirección General de Planeación e Innovación Institucional; la
Fiscalía Especial para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y Trata de
Personas, y las delegaciones. Una vez localizada la información, deberá ser
entregada a la recurrente.
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