Entregue Banco del Bienestar contrato de adjudicación a Sixsigma Networks México: INAI

La contratación pública es un componente crucial del buen gobierno, puntualizó al presentar el asunto ante el Pleno del INAI

Entregue Banco del Bienestar contrato de adjudicación a Sixsigma Networks México: INAI

  • Las compras públicas constituyen, en muchos casos, una herramienta en la ejecución de las políticas públicas que se destinan a la mejora en las condiciones de vida de los ciudadanos, por ello, su gestión debe ser transparente, afirmó la Comisionada Josefina Román Vergara

Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió que el Banco del Bienestar debe entregar la versión íntegra de la propuesta económica de la contratación sobre el “Servicio Integral Administrado del Centro de Datos para el Banco del Bienestar”, adjudicada a la empresa Sixsigma Networks México, S.A. de C.V.

El recurso de revisión interpuesto contra el Banco del Bienestar “nos permite recordar que la transparencia y la rendición de cuentas son pilares fundamentales en el seguimiento y evaluación de los recursos públicos que se destinan a la contratación pública”, señaló la Comisionada Josefina Román Vergara.

Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada Román Vergara destacó que las compras públicas constituyen en muchos casos una herramienta en la ejecución de las políticas públicas que se destinan a la mejora en las condiciones de vida de los ciudadanos, por ello, su gestión debe ser transparente a efecto de que posibilite la rendición de cuentas y el control por parte de la ciudadanía.

“Es decir, a través de esta actividad los gobiernos no solo obtienen los insumos necesarios para la prestación de servicios públicos, sino que generan un impacto social y económico, porque el ejercicio de recursos públicos, sabemos, debe ser eficaz y eficiente de tal manera que se fortalezca la capacidad institucional, pero también la responsabilidad social”, detalló.

En el caso concreto, una persona solicitó al Banco del Bienestar conocer, respecto del contrato denominado “Servicio Integral Administrado del Centro de Datos para el Banco del Bienestar”, uno, la cotización presentada por el proveedor contratado, y dos, todos los precios y servicios prestados al Banco.

En su respuesta, el sujeto obligado informó haber localizado el contrato sobre el servicio requerido; sin embargo, precisó que la “Propuesta Económica” presentada por la empresa Sixsigma Networks México, S.A. de C.V., es confidencial por actualizar el secreto comercial y bancario, pues muestra servicios y especificaciones técnicas que involucran aspectos sobre las operaciones y servicios del banco.

Inconforme con la clasificación de la información aludida por el sujeto obligado, el particular presentó ante el INAI un recurso de revisión.

Con base en el análisis realizado por la Ponencia a cargo de la Comisionada Josefina Román Vergara, el agravio del particular fue calificado como fundado, en razón de que no se actualizan los secretos bancario o comercial previstos en el artículo 113, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, pues la Propuesta económica no versa sobre operaciones previstas en la Ley de Instituciones de Crédito; además, porque la información sobre los servicios de infraestructura tecnológica y de infraestructura tecnológica de crecimiento, se encuentra publicada en el sistema Compranet, esto es, en una fuente de acceso público.

Respecto de los costos unitarios, se determinó que es información de naturaleza pública, en tanto que se trata de información prevista como parte de las obligaciones de transparencia de los procedimientos de adjudicación directa, y su difusión no refleja información relativa a la estructura de costos de producción de quien oferta el bien, sino que da cuenta de que se cumplieron con los requisitos señalados en las bases de la contratación, expuso la Comisionada del INAI.

Román Vergara resaltó que, por motivo de la cantidad de recursos públicos destinados a las contrataciones públicas, resulta necesario que éstos se justifiquen y se ejerzan de forma responsable, de tal manera que la contratación pública se realice bajo los más altos estándares de eficacia, eficiencia, integridad y transparencia, evitando la corrupción.  Además de ello, la participación social es uno de los componentes esenciales de una buena administración pública, ya que al vigilar que los procesos de contratación se lleven conforme a lo establecido en las normas, se convierte en un mecanismo de constante evaluación ciudadana. 

“Estimo que la importancia de la presente resolución radica en el hecho de que se trata de información de naturaleza pública, la cual -como se analizó- se encuentra publicada en tanto que se trata de obligaciones de transparencia de los procedimientos de adjudicación directa. Además, porque su difusión no refleja información relativa a la estructura de costos de producción, sino que, al contrario, favorece la rendición de cuentas, pues permite verificar que se cumplieron los requisitos previstos en la previa convocatoria de la contratación”, subrayó.

Por las razones expuestas, la Comisionada Román concluyó que “la contratación pública es un componente crucial del buen gobierno y a través de esta actividad, se establecen las bases para alcanzar objetivos de política pública de mayor relevancia como la transparencia y rendición de cuentas a nivel presupuestal, logrando un gasto público eficaz y eficiente, o el fortalecimiento de las instituciones y su mejora continua”.

Por unanimidad, el Pleno del INAI revocó la respuesta inicial del Banco del Bienestar, a efecto de que se proporcione la versión íntegra de la Propuesta económica de la contratación sobre el “Servicio Integral Administrado del Centro de Datos para el Banco del Bienestar”, solicitada por el particular.

 

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