No derogó el impuesto: Vila exime el pago del impuesto para cámaras de seguridad sólo este año

Aunque el gobernador Mauricio Vila Dosal anunció ayer que no habrá nuevo impuesto de seguridad en Yucatán, hoy en el decreto publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado sólo se exime el cobro del polémico tributo para este año.
  • Decreto afirma que los yucatecos propietarios o poseedores de predios están obligados a pagar por la seguridad que gozan
Mérida, Yucatán.- Aunque el gobernador  Mauricio Vila Dosal anunció ayer que no habrá nuevo impuesto de seguridad en Yucatán, hoy en el decreto publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado sólo se exime el cobro del polémico tributo para este año.

Además en el decreto el mandatario, invocando el capítulo XXVII del título tercero de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, afirma que es obligación de los yucatecos propietarios o poseedores de predios pagar el derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública.

Decreto 173/2020 por el que se exime del pago del derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública

Mauricio Vila Dosal, gobernador del estado de Yucatán, con fundamento en los artículos 55, fracción II, y 60 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 14, fracciones VIII y IX, del Código de la Administración Pública de Yucatán; y 59, fracción I, del Código Fiscal del Estado de Yucatán, y
Considerando:

Que los ingresos propios del Estado se constituyen a través del ejercicio de su potestad tributaria actualizada mediante el cobro de contribuciones estatales previstas en las leyes fiscales y cuyo destino, en todo caso, debe orientarse a cubrir el gasto público.

Que el 1 de octubre de 2018, mediante el Decreto 1/2018, se creó el Consejo Consultivo del Presupuesto y Ejercicio del Gasto del Gobierno del Estado de Yucatán que tiene por objeto ser un medio para acercar las propuestas ciudadanas respecto al proyecto de presupuesto de egresos del Gobierno del estado de Yucatán y a su ejecución.

Que en las sesiones del referido consejo, integrado tanto por autoridades como por representantes de los sectores social y privado, se analizó y se determinó viable la creación de un derecho por la instalación y el mantenimiento de la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública para este ejercicio fiscal, que fue respaldado por el Poder Legislativo de nuestro estado, considerándolo una medida pertinente para fortalecer la seguridad pública de nuestra entidad.

Que este derecho se materializó en la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, específicamente, en su título tercero, capítulo XXVII, que regula los derechos por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública, cuyo objeto, en términos del párrafo segundo del artículo 85-Y de la ley  referida, es el aprovechamiento del servicio y mantenimiento de la infraestructura tecnológica de seguridad pública de la que gozan los habitantes del estado de Yucatán.

Que la ley en comento, dispone, en su artículo 85-Z que la cuota mensual del derecho referido será de 3.44 UMA, se causará mensualmente y el pago se hará dentro de los sesenta días posteriores al mes en que se cause y deberá realizarse en las oficinas o medios autorizados por la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán.

Que no obstante lo anterior, las proyecciones económicas nacionales para este año presentan un panorama que obliga a todo Gobierno responsable a tomar acciones a fin de amortiguar el impacto que la desaceleración podría tener en la economía de nuestra entidad, por lo que de un análisis de las posibles alternativas para financiar las acciones de instalación, operación por expertos y mantenimiento de la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública, se ha optado por robustecer y ampliar la política de austeridad, que está en marcha desde el primer día de este administración, sin afectar la prestación de servicios básicos y sin descuidar las funciones de seguridad pública que corresponden al estado.

Que cuento con la facultad para establecer esta exención en términos del artículo 59, fracción I, del Código Fiscal del Estado de Yucatán y el artículo 28 de la Ley de Ingresos del Estado de Yucatán para el Ejercicio Fiscal 2020.

Que, en este sentido, se considera conveniente eximir del pago del derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública a los propietarios o poseedores de predios ubicados en el estado de Yucatán por el aprovechamiento del
servicio y mantenimiento de la infraestructura tecnológica de seguridad, al cual se encuentran obligados como habitantes del estado de Yucatán, en términos del capítulo XXVII del título tercero de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, por lo que he tenido a bien expedir el presente:

Decreto 173/2020 por el que se exime del pago del derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública

Artículo 1. Exención del derecho
Se exime del pago del derecho por la infraestructura tecnológica en materia de seguridad pública que se hubiere causado durante el ejercicio fiscal 2020, a los propietarios o poseedores de predios ubicados en el estado de Yucatán por el aprovechamiento del servicio y mantenimiento de la infraestructura tecnológica de seguridad pública, al cual se encuentran obligados como habitantes del estado de Yucatán, en términos del capítulo XXVII del título tercero de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán.

Artículo 2. Sujetos
Para efectos de este decreto, se consideran contribuyentes los propietarios o poseedores de predios ubicados en el estado de Yucatán.

Artículos transitorios
Primero. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán.

Segundo. Vigencia
Este decreto estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2020.

Se expide este decreto en la sede del Poder Ejecutivo, en Mérida, Yucatán, a 15 de enero de 2020.
( RÚBRICA )
Abog. María Dolores Fritz Sierra Secretaria general de Gobierno
( RÚBRICA )
Lic. Olga Rosas Moya
Secretaria de Administración y Finanzas
( RÚBRICA )
Cmdte. Luis Felipe Saidén Ojeda Secretario de Seguridad Pública


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