México, DF.- El Instituto Federal de Acceso a la Información
y Protección de Datos (IFAI) ordenó a la Comisión Federal de Electricidad
(CFE), por quinta ocasión, dar a conocer la lista de trabajadores de la extinta
Luz y Fuerza del Centro (LyFC) que contrató.
El Instituto ha revocado la clasificación invocada por la
CFE en los siguientes recursos de revisión relacionados con el mismo tema: RDA
4502/13, votado el 20 de febrero de 2013; RDA 1170/13, votado el 15 de mayo de
2013; RDA 2679/13, votado el 31 de julio de 2013, y RDA 3764/13, votado el 25
de septiembre de 2013; sin embargo, a la fecha, la Comisión ha incumplido las
resoluciones del IFAI.
Un particular solicitó la información; sin embargo, la CFE
respondió que se encuentra reservada, con fundamento en la fracción IV del
artículo 13, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental (LFTAIPG).
El sujeto obligado reiteró que desde la extinción de LyFC,
los ex trabajadores de esta empresa que hoy laboran para la CFE, han recibido
amenazas y agresiones, contra ellos y sus familias.
Inconforme, el solicitante presentó un recurso de revisión
ante el IFAI, el cual fue turnado a la ponencia del comisionado presidente,
Gerardo Laveaga.
En alegatos, la CFE reiteró su respuesta inicial y anexó una
tabla con la descripción de cinco hechos ocurridos en perjuicio de los
trabajadores, el tipo de denuncia presentada (ante Ministerio Público Federal o
del fuero común) y el estatus que guardan.
Asimismo, señaló que está imposibilitada para proporcionar
la información, debido a que la Segunda Visitaduría General de la Comisión
Nacional de Derechos Humanos (CNDH) analiza una posible violación a los
derechos humanos, por el cumplimiento a la resolución del recurso de revisión
RDA 4502/12.
No obstante, y luego de analizar la normatividad aplicable y
la información pública relacionada con el tema, el comisionado ponente
consideró que la reserva invocada por la CFE es improcedente, en razón de lo
siguiente:
-No aportó ningún elemento para acreditar que el personal de
la extinta LyFC, contratado por la CFE, o sus familiares, sean sujetos de
hostigamiento o agresiones por parte del Sindicato Mexicano de Electricistas
(SME).
-Si bien adjuntó una tabla que contiene la descripción de
cinco hechos ocurridos en perjuicio de sus trabajadores, no existe constancia
de que, en efecto, miembros del SME hayan sido declarados culpables de agredir
física o moralmente a los actuales trabajadores de la CFE.
-No demostró la existencia de elementos objetivos y
verificables que permitan suponer que la difusión de la información pondría en
riesgo la vida y la seguridad de dichos trabajadores.
-Si bien existen precedentes de resoluciones en las que el
Instituto determinó reservar el nombre de estos servidores públicos por un
periodo de un año, dicho plazo feneció el 24 de febrero de 2011. Actualmente,
las situaciones que operaban en aquella resolución de 2010 se han visto
sustancialmente modificadas.
-El SME llevó a cabo un proceso para elegir a 13 directivos,
y para ello elaboró un padrón de afiliados, mediante el cual los miembros de
dicha organización pudieron identificar a los ex trabajadores contratados por
CFE, por lo que no se advierte de qué manera la difusión de sus nombres puede
poner en riesgo su vida o seguridad.
Por lo anterior, el comisionado Laveaga concluyó que no se
cuenta con elementos objetivos para determinar que en la actualidad existan
amenazas o atentados del SME contra ex trabajadores de LyFC contratados por la
CFE.
En ese sentido, propuso revocar la clasificación invocada
por la CFE e instruirle a entregar al recurrente la información de su interés.
La propuesta fue aprobada por el Pleno del IFAI.
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