México, DF.- El Pleno del Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)
instruyó a la Policía Federal a proporcionar versiones públicas de distintos
informes y documentos elaborados por servidores públicos de la Policía Federal,
adscritos a la corporación Guerrero entre el 24 y 30 de septiembre de 2014,
incluyendo los relacionados con la desaparición de 43 normalistas de Ayotzinapa.
Se trata de bitácoras de servicios y de radio, tarjetas
informativas, parte de novedades ocurridas durante 24 horas, órdenes económicas
de servicio, dictámenes técnicos, puestas a disposición ante el Ministerio
Público entre el 24 y 30 de septiembre; algunos de dichos documentos elaborados
con motivo de los hechos ocurridos en los días 26 y 27 de ese mismo mes de
2014.
El sujeto obligado había clasificado la información que fue
requerida mediante dos solicitudes distintas. La negativa fue impugnada por los
particulares a través de sendos recursos
de revisión turnados a la ponencia de la comisionada María Patricia Kurczyn
Villalobos.
En su respuesta y alegatos, la Policía Federal argumentó que
la información solicitada forma parte de una averiguación previa y difundirla
pondría en riesgo investigaciones o diligencias; que se podría identificar a
elementos de la corporación y ponerlos en riesgo; que se darían a conocer datos de su “Estado de fuerza”, su
estructura y estrategias; y que además existen datos personales que son
confidenciales.
En los recursos de revisión se aludió que la información
debió proporcionarse por considerarse que el interés en su difusión es mayor al
de reservarse de conformidad con el artículo 13, fracción V de la Ley en la
materia, aunado a que es un caso en el que pueden actualizarse violaciones
graves a los derechos humanos. El sujeto obligado señaló que la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos no ha emitido pronunciamiento al respecto ni
el Ministerio Público de la Federación lo ha dictaminado.
Para sustanciar el proyecto de resolución, se llevó a cabo
una audiencia de acceso a la información clasificada por la Policía Federal, a
través de la cual se identificaron documentos relacionados con la desaparición
de los normalistas de Ayotzinapa.
Respecto a información no relacionada con los hechos de
Ayotzinapa, se determinó que no es susceptible de reservarse con fundamento en
el artículo 13, fracción V de la Ley Federal de Transparencia relativa a la
persecución de delitos e impartición de justicia, porque no se acreditó que
estuviera vinculada con alguna averiguación previa.
Para el caso de los documentos relacionados con el caso de
los 43 desaparecidos de la Escuela Normal Rural “Raúl Isidro Burgos”, fue
necesario ponderar dos intereses en conflicto: por una parte el derecho humano
de acceso a la información y por la otra, el interés general previsto en el
citado artículo 13, fracción V.
En el proyecto presentado por la Comisionada Kurczyn, se
consideraron pronunciamientos de la CNDH y del Comité contra la Desaparición
Forzada de Naciones Unidas referentes a la desaparición forzada de los
normalistas de Ayotzinapa.
“En este caso el interés de proteger documentales que se
encuentra inmersos o guardan relación con la averiguación previa llevada a cabo
por el Ministerio Público, se ve superado por la necesidad imperiosa de que la
sociedad pueda conocer la participación que han tenido las autoridades, en
relación con los lamentables hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014, pudiendo
además conocer si la autoridad ha actuado con legalidad y en ese sentido, si se
están llevando a cabo todas las diligencias necesarias para llegar a la verdad
histórica de los hechos”, sustenta la resolución.
De esta manera, el Pleno del INAI resolvió modificar la
respuesta de la Policía Federal e instruirle a que proporcione la información
solicitada en versión pública, testando los datos que hagan identificables a
servidores públicos con funciones de carácter operativo de la Unidad de
Investigación y de las estaciones de Chilpancingo, Acapulco, Ciudad Altamirano,
Taxco, Zihuatanejo, Ometepec, Tecpan de
Galeana, Tierra Colorada, Paso Morelos, Iguala y Aeropuerto Acapulco, tales
como sus nombres, firmas, datos de identificación de sus unidades móviles, las
matrículas y sellos, así como sus fotografías.
Asimismo, datos personales relativos a nombres de
particulares, edades, nacionalidades, domicilios, fotografías; placas, números
de serie y de motor que hagan identificables vehículos de particulares y
licencias de conducir, así como el número de elementos y autopatrullas de la
Policía Federal, estos últimos, por revelar el estado de fuerza de la Policía
Federal.
Finalmente, instruye a que la información considerada
reservada mantenga tal carácter por un periodo de tres años, mediante
resolución fundada y motivada del Comité de Información.
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