Juez federal niega amparo a Martín Díaz Álvarez, socio de Oceanografía

México, DF.- El juez José Alfonso Montalvo Martínez, titular del Juzgado Décimo Primero de Amparo en Materia Penal en el Distrito Federal informa que en el juicio de amparo 690/2014, después de reponer el procedimiento ordenado por un tribunal colegiado, de nueva cuenta negó el amparo solicitado por Martín Díaz Álvarez.

El segundo accionista de la empresa Oceanografía había solicitado el amparo de la justicia federal por una orden de aprehensión dictada por su probable responsabilidad en la comisión del delito previsto en el artículo 112, fracción I, y sancionado en el 4º párrafo del mismo numeral de la Ley de Instituciones de Crédito, en la modalidad de las personas que proporcionen a una institución de crédito, datos falsos sobre el monto de los activos de una persona moral, con el propósito de obtener un crédito, si como consecuencia de ello resulta quebranto o perjuicio patrimonial para la institución, cuando el monto de la operación, quebranto o perjuicio patrimonial, exceda de 350 mil días de salario.

(Martín Díaz Álvarez es una pieza clave en el caso del fraude de Oceanografía. Se trata del segundo inversionista de la empresa, después de Amando Yáñez Osuna, que en caso de enfrentar un juicio en su contra podría purgar una sentencia de entre ocho y 15 años de prisión, sin derecho a fianza, ni libertad provisional.

El “cerebro financiero” de la empresa naviera, de 52 años y sobrino del ex secretario de Hacienda y Crédito Público durante el sexenio de Vicente Fox, Francisco Gil Díaz, fue detenido el pasado 13 de agosto en Miami por aparentes violaciones a la ley de permanencia en este país. Se encontraba “bajo custodia” en el Centro de Servicio de Procesamiento Norte de Krome, de donde salió libre el 29 de agosto pasado.

El ex director financiero de Oceanografía, quien vive en una suite de un lujoso hotel de la avenida Brickell, podría hacerse acreedor, de ser hallado culpable, a cumplir una pena que va de ocho a 15 años de cárcel y a pagar una multa, según la Ley de Instituciones de Crédito.)

Lo anterior al señalarse que es fundada y motivada la resolución del juez de la causa, pues sí se encuentra acreditado el elemento del delito consistente en que la presentación de documentación falsa de los activos de la empresa Oceanografía —en la que tenía el cargo de director financiero—, fue con el propósito de obtener un crédito, ello por la naturaleza y operatividad de las operaciones financieras entabladas con la institución bancaria.

Así también, que se encuentra acreditada su probable responsabilidad en razón de que por las funciones que desempeñaba como director financiero, tenía intervención directa en los trámites de los financiamientos de Oceanografía, pues pasaban por su revisión y autorización, además de tener conocimiento directo de los estados financieros de dicha empresa.

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