- Por disposiciones federales se ajustan montos para asuntos del sistema oral mercantil, desde el viernes 26 de enero
Anteriormente y también por disposición federal, se
tramitaban por el sistema oral en los juzgados mercantiles del Poder Judicial
del Estado este tipo de asuntos, pero por concepto de suerte principal menores
a $633,075.88, cifra que, por decreto publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 25 de enero de 2017, se eleva a $1,000,000.00 desde el próximo 26
de enero del presente.
En cuanto a los juicios ejecutivos mercantiles orales, estos
se seguirán atendiendo a través del
sistema oral, considerando una cuantía de $633,075.88 y hasta $4,000,000.00,
sin tomar en consideración intereses y demás accesorios reclamados a la fecha
de presentación de la demanda,
Asimismo, atendiendo a las necesidades del servicio, el
Consejo de la Judicatura informó que desde el 8 de enero del presente año ha
realizado ajustes en el Primer Departamento Judicial del Estado, ya que a
partir de esa fecha los asuntos en materia mercantil que por monto correspondan
al sistema oral en los municipios de Mérida, Ucú y Hunucmá, serán atendidos en
el juzgado 1º de oralidad mercantil, cuyo titular es el abogado Raúl Cano
Calderón, con sede en la Calle 35 entre 62 y 62-A Col. Centro de esta ciudad de
Mérida.
Cabe apuntar que para atender el mandato de la reforma en
materia mercantil publicada en 2011, además de crear el Juzgado Primero de
Oralidad Mercantil del Primer Departamento Judicial del Estado, el Poder
Judicial amplió la competencia de los Juzgados Mixtos de lo Civil y Familiar de
los tres Departamentos Judiciales del Estado de Yucatán para que pudieran
conocer estos asuntos, dando paso a la implementación del sistema de oralidad
mercantil en todo el territorio estatal.
El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial es un órgano
dotado de autonomía técnica y de gestión que está a cargo de la administración,
vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, con excepción del
Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con las bases que establecen la
Constitución y las leyes.
Por mandato constitucional el Pleno del Consejo de la
Judicatura, entre otras atribuciones, tiene a su cargo el establecimiento y
modificación de la competencia y jurisdicción territorial de los juzgados, así
como emitir acuerdos generales y demás disposiciones para el adecuado ejercicio
de sus funciones de conformidad con lo que establezca la ley.
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