COFEPRIS debe entregar información sobre acta de verificación sanitaria: JSS

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) deberá entregar información del acta de verificación sanitaria 19-MF-3309-01748-MO, con el resultado y criterios utilizados para la resolución; el fundamento jurídico y motivos que llevaron a dicho resultado, si existe alguna sanción, en qué consiste y, en su caso, el fundamento jurídico para aplicarla.
  • “La información pública que genera la COFEPRIS influye en la vida de las personas, pero también en la economía nacional. Por un lado, carecer de medicinas, que generen reacciones adversas o no funcionen, puede trastocar la vida de los pacientes y de sus familias”, puntualizó el Comisionado Joel Salas Suárez.
  • “Una política farmacéutica responsable debe garantizar el acceso de la población a más y mejores soluciones en salud a través de productos de calidad, al tiempo que promueva el desarrollo de la industria farmacéutica”, añadió.
Ciudad de México.- La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) deberá entregar información del acta de verificación sanitaria 19-MF-3309-01748-MO, con el resultado y criterios utilizados para la resolución; el fundamento jurídico y motivos que llevaron a dicho resultado, si existe alguna sanción, en qué consiste y, en su caso, el fundamento jurídico para aplicarla.

En sesión del Pleno del INAI, el Comisionado Joel Salas Suárez expresó que un particular solicitó la información y la COFEPRIS respondió que la información se encuentra clasificada por cinco años, ya que se relaciona con un procedimiento de verificación en trámite para constatar el cumplimiento de la legislación sanitaria.

“La información pública que genera la COFEPRIS influye en la vida de las personas, pero también en la economía nacional. Por un lado, carecer de medicinas o que estas generen reacciones adversas o no funcionen, puede trastocar la vida de los pacientes, pero también de sus familias”.

Salas Suárez afirmó que el particular tiene razón, porque procede la entrega de la información mediante versión pública y, si bien se turnó a la unidad administrativa competente, dicha área fue omisa en pronunciarse al respecto de lo solicitado.


El Comisionado del INAI explicó que las verificaciones sanitarias que realiza la COFEPRIS son para vigilar que los establecimientos y los medicamentos no representen riesgo a la salud de los mexicanos. “Es indudable que la responsabilidad de la COFEPRIS, ante la opinión pública mexicana aumenta porque impacta en la vida de las personas”, subrayó.

“Una política farmacéutica responsable debe garantizar el acceso de la población a más y mejores soluciones en salud a través de productos de calidad, al tiempo que promueva el desarrollo de la industria farmacéutica”, puntualizó Joel Salas Suárez.

En ese sentido, el Comisionado Salas Suárez consideró que la salud es un factor clave para el bienestar de la población, pero también para la productividad en el trabajo y en el caso de la industria farmacéutica, dijo, es estratégica y de alta prioridad para el desarrollo económico de nuestro país.

Por ello, el pleno del INAI ordenó modificar la respuesta emitida por la COFEPRIS y le instruyó a entregar la información del acta de verificación sanitaria 19-MF-3309-01748-MO, con el resultado, y criterios utilizados para la resolución; el fundamento jurídico y motivos que llevaron a dicho resultado, si existe alguna sanción y en qué consiste y, en su caso, el fundamento jurídico para aplicarla, en versiones públicas.

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