Abarrotero de Progreso fue vinculado a proceso por el delito de abuso sexual equiparado

Un sujeto de una tienda de abarrotes de la colonia Feliciano Canul Reyes del puerto de Progreso que cometió actos lascivos de tocamientos y manoseos corporales obscenos hacía una menor de edad fue vinculado a proceso por el delito de abuso sexual equiparado.
Mérida, Yucatán.- Un sujeto de una tienda de abarrotes de la colonia Feliciano Canul Reyes del puerto de Progreso que cometió actos lascivos de tocamientos y manoseos corporales obscenos hacía una menor de edad fue vinculado a proceso por el delito de abuso sexual equiparado.

En audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM), la Juez de control, Elsy Del Carmen Villanueva Segura, ratificó como legal la detención del sujeto y dictó auto de vinculación a proceso por la probabilidad de que cometió el delito.

Dada la ratificación de legal detención por parte de la Juez, los representantes de la Fiscalía Estatal informaron al detenido que se le inició una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos: 
--Que el día 8 de mayo del presente año, aproximadamente a las 16:45 horas, el ahora imputado se encontraba en un predio ubicado en la calle 39 de la colonia Feliciano Canul Reyes de la ciudad y puerto de Progreso de Castro, Yucatán, mismo en el cual habita y se encuentra habilitado como tienda de abarrotes, cuando de pronto ingresó a dicha tienda la menor hoy víctima de identidad reservada, con el motivo de comprar un dulce, pero al solicitarlo e intentar pagar, el imputado le dijo que se lo regalaba a lo que ella le agradeció y al disponerse a salir, se le acercó por detrás y ejecutó actos lascivos de tocamientos y manoseos corporales obscenos hacía la víctima, por lo que ésta salió corriendo para avisar a su familia, mientras transitaba por la zona una unidad de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito del citado puerto, a quien por medio de señas logró llamar la atención, manifestando lo ocurrido y señalando al imputado como quien había realizado dichos actos, lográndose su detención.”
En la misma audiencia, el imputado se reservó su derecho a declarar y renunció al plazo que la ley le otorga para resolver su situación jurídica, a raíz de lo cual, la Juez Villanueva Segura continuó con la vinculación a proceso y explicó que se cumplieron cada uno de los requisitos establecidos en el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) para dictar el auto de vinculación respectivo.

Por último, la Juez de control accedió al plazo de dos meses solicitado por la Fiscalía para continuar con la integración de la carpeta de investigación; asimismo impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, por el término de tres meses.

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