La SCJN avala despenalizar el uso lúdico de la marihuana

El Pleno de la Suprema Corte aprueba la medida con 8 votos a favor y 3 en contra

La SCJN avala despenalizar el uso lúdico de la marihuana

  • El Pleno de la Suprema Corte aprueba la medida con 8 votos a favor y 3 en contra
  • La ministra Norma Lucía Piña propuso eliminar del marco jurídico los últimos párrafos de los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud

Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por mayoría, 8 votos a favor y 3 en contra, la despenalización del uso lúdico y recreativo de la marihuana en México, concluyendo así con 101 años de prohibición de la mariguana en el país-

Durante una sesión remota, los magistrados aprobaron este lunes la Declaratoria General de Inconstitucionalidad (DGI) para invalidar cinco artículos de la Ley General de Salud que prohíben de manera absoluta el consumo lúdico de la marihuana.

--"Hoy es un día histórico para las libertades. Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso recreativo de la marihuana", expresó el ministro presidente, Arturo Zaldívar, una vez aprobado el proyecto y sus efectos.

Con el voto a favor de ocho de 11 ministras y ministros por la invalidación de los artículos, la Corte nuevamente obliga al Congreso de la Unión a legalizar los usos de la marihuana.

Estuvieron a favor Norma Lucía Piña Hernández, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Margarita Ríos, Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar.

En contra se pronunciaron Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Yassmín Esquivel Mossa

Los artículos 235 (párrafo último), 237, 245 (fracción primera), 247 (párrafo último) y 248 de la Ley General de Salud prohíben todo acto relacionado con la cannabis, tales como la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, prescripción médica, suministro, empleo, uso, consumo y demás.

Al exponer su proyecto, la ministra Norma Lucía Piña Hernández recordó que la SCJN concedió tres prórrogas al Poder Legislativo, atendiendo a la complejidad del tema y luego a las complicaciones derivadas de la pandemia de COVID-19.

--"(Pero) el Poder Legislativo no superó el problema de inconstitucionalidad. Se presentaron varias iniciativas y hasta hoy no se ha eliminado la prohibición", señaló.

Sobre el proyecto, expuso que la prohibición administrativa de la cannabis persiste en los artículos 235 y 247 de la Ley General de Salud, a pesar de la reforma en materia de cannabis medicinal del 19 de junio de 2017.

Los efectos de esta determinación obligan a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), a emitir regulaciones que faciliten el uso recreativo del cannabis, sujetándola siempre a normas similares a las de otras sustancias como el alcohol. Es decir, se tendrá que impedir el consumo de mariguana en público, ante menores de edad o frente terceros que se sientan afectados, así como prohibir la conducción de vehículos o maquinaria pesada a personas que esten bajo sus efectos.

El fallo aprobado también incluyó un nuevo exhorto para que el Congreso de la Unión legisle en materia del consumo lúdico de esta hierba, con objeto de darle a esta práctica un marco jurídico adecuado, sin coartar el libre desarrollo de la personalidad.

Sin embargo, los ministros Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán señalaron que los artículos 237 y 245 ya fueron modificados con la reforma de cannabis medicinal, por lo que no puede declararse la inconstitucionalidad general.

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