Prisión de 20 años a una persona por el delito de homicidio calificado

El Juez Sáenz Dzul corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado

Prisión de 20 años a una persona por el delito de homicidio calificado

  • El sentenciado, junto con otra persona que está siendo investigada, citaron al menor en un predio del fraccionamiento Piedra de Agua, de Umán, Yucatán, donde lo privaron de la vida

Umán, Yucatán.- El Juez de Control del Cuarto Distrito Judicial del Sistema Penal Acusatorio y Oral, José Enrique Sáenz Dzul, dictó, por medio de un procedimiento abreviado, fallo condenatorio a C.I.S.O. por su responsabilidad en la comisión del delito de homicidio calificado y le impuso una pena privativa de libertad de 20 años.

La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos de prueba contenidos en la causa penal 63/2020, donde se establece que los hechos ocurrieron el 28 de octubre, cuando el sentenciado, junto con otra persona que está siendo investigada, citaron al menor en un predio del fraccionamiento Piedra de Agua, de Umán, Yucatán, donde sorprendieron a la víctima y sin darle oportunidad de defenderse lo privaron de la vida.

Durante la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Umán, el Juez Primero de Control del Cuarto Distrito Judicial sentenció al encausado a recibir amonestación pública, se le prohibió acercarse al domicilio de la denunciante por tres años más después de compurgar la pena de prisión, se le sentenció al pago de la reparación del daño y le negó beneficios sustitutivos de prisión.

El Procedimiento Abreviado es una forma de terminación anticipada del proceso penal y está previsto en el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) bajo una serie de requisitos que el juez debe verificar para ser aprobado. 

La acusación expuesta por los representantes de la Fiscalía Estatal en la audiencia realizada ayer fue la siguiente:

--“Que el día 28 de octubre de 2020, entre las 16:00 y las 18:00 horas, el hoy acusado, en compañía de otras personas del sexo masculino, citaron a la hoy víctima directa en un predio de la colonia Piedra de Agua, de Umán, Yucatán, en ese lugar sometieron a la hoy víctima y le ocasionaron lesiones que a la postre le causaron la muerte”. 

El Juez Sáenz Dzul corroboró que se cumplieron los requisitos que la ley exige para llevar a cabo el procedimiento abreviado y que los datos de prueba que presentó la Fiscalía fueron suficientes, útiles y pertinentes para determinar un fallo condenatorio y la sentencia impuesta.

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