Hospital Gea González debe informar sobre proveedor de medicamentos: INAI

El asunto destaca la importancia que tienen los datos abiertos, tanto para los particulares, como para los sujetos obligados, apuntó

Hospital Gea González debe informar sobre proveedor de medicamentos: INAI

  • Entregar información que da cuenta del nombre del proveedor de medicamentos permite transparentar la gestión pública; abona a la rendición de cuentas y a la promoción del gobierno abierto mediante la entrega de información de datos abiertos que pueden ser reutilizados por los ciudadanos, indicó la Comisionada Josefina Román Vergara    

Ciudad de México.- El Hospital General "Dr. Manuel Gea González" deberá entregar, en formato de datos abiertos, la información de todas las entradas de medicamentos a su farmacia, durante el mes de agosto de 2022, misma que deberá contener el nombre del operador logístico o proveedor, resolvió el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). 

“Uno de los principios del derecho a la información es el relativo a la obligación de publicar, que implica que las instituciones públicas respondan a las solicitudes de información, pero también que publiquen y difundan proactivamente información de interés público significativo; además, este principio conlleva a que la información publicada en respuesta a solicitudes debe estar disponible en formatos abiertos, legibles y sin restricciones sobre su posterior uso y publicación, situación que se concatena con el gobierno abierto y los datos abiertos”, afirmó la Comisionada Josefina Román Vergara.  

Al presentar el asunto ante el Pleno, la Comisionada comentó que este asunto destaca la importancia que tienen los datos abiertos, tanto para los particulares, como para los sujetos obligados cuando entregan la información correcta.    

En el caso específico, un particular solicitó en formato Excel, es decir, en datos abiertos, todas las entradas de medicamentos a la farmacia del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", durante el mes de agosto de 2022, en las que debía desglosarse el nombre del operador logístico o proveedor. 

En respuesta, el sujeto obligado entregó al solicitante tres listados en formato Excel, uno de los cuales está relacionado con la compra de medicamentos y en el cual se desglosaron las columnas: tipo, unidad, piezas solicitadas, piezas surtidas, piezas no surtidas y precio unitario. 

El recurrente se inconformó con la entrega incompleta de la información, toda vez que en el listado relativo a la compra directa no se incluyó el nombre del proveedor, razón por la que acudió al INAI a presentar un recurso de revisión. 

En el análisis realizado por la ponencia a cargo de la Comisionada Josefina Román Vergara, se advirtió que el sujeto obligado turnó la solicitud al área administrativa competente para conocer de lo requerido, esto es, a la Dirección de Investigación y Desarrollo Institucional; sin embargo, su respuesta no fue razonable ni exhaustiva porque omitió proporcionar el nombre del operador logístico o proveedor que entregó dichos medicamentos, dato que sí le fue solicitado. 

En vía de alegatos, el sujeto obligado remitió un listado que incluye el nombre del operador logístico o proveedor que entregó medicamentos a la farmacia durante el mes de agosto de 2022, en este caso, fue la persona moral Distribuidora Internacional de Medicamentos y Equipos Médicos, S.A. de C.V. “Con esto, se colmaría el derecho de acceso a la información, por lo que se advirtió necesario que dicha información debe serle proporcionada a la parte recurrente porque, evidentemente, cuando lo hace hasta este momento, no agotó el notificarlo al particular”, indicó.  

La Comisionada Román destacó que, “en el caso concreto, el hecho de otorgar la información que da cuenta del nombre del proveedor de medicamentos, que solicitó el particular, permite no solo transparentar la gestión pública mediante información oportuna, verificable, relevante e integral, sino que también refleja el ejercicio de recursos públicos y, por ende, abona a la rendición de cuentas, garantizando a la par el efectivo derecho de acceso a la información pública, como un eje fundamental de la democracia, pero también a la promoción del gobierno abierto mediante la entrega de información de datos abiertos que pueden ser reutilizados por los ciudadanos”.  

En razón de lo expuesto, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del Hospital General "Dr. Manuel Gea González", a efecto de que remita a la persona solicitante la tabla tal como la solicitó -en formato Excel- y que fue entregada al INAI en vía de alegatos.    

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