Cesan, mediante jubilación anticipada, a cuatro trabajadores de la ASEY

Nos veremos en los tribunales, la lucha sigue y no descansaremos hasta que se haga justicia: SEPLY

Cesan, mediante jubilación anticipada, a cuatro trabajadores de la ASEY
Foto: Rubén de Jesús Arjona Ortiz

  • A un mes que rindió protesta como titular de la dependencia, Rubén de Jesús Arjona Ortíz, inició el hostigamiento, la vulneración de los derechos humanos laborales y actos de autoritarismo
  • En este caso, estamos ante un acto coercitivo, inconstitucional, ilegal, toda vez que no es voluntad de los trabajadores jubilarse (anticipadamente sino hasta los 35 años de acuerdo con la nueva Ley del ISSTEY): Valdez Vergara

Mérida, Yucatán.- Como un acto de autoritarismo consideró la dirigencia del Sindicato de Empleados del Poder Legislativo de Yucatán el despido injustificado de cuatro trabajadores de la Auditoría Superior del Estado de Yucatán (ASEY), con más de 30 años de servicios, quienes fueron “invitados” a jubilarse anticipadamente. El titular de la dependencia, Rubén de Jesús Arjona Ortíz, tomó posesión apenas el 12 de diciembre pasado.

Los trabajadores, quienes se presentaron a laborar y les notificaron que ya estaban despedidos mediante su jubilación anticipada, son Jorge Armando Gómez Moguel, Lily Marlen Segovia Aké, Guilber Porfirio Chan Bojórquez y Lidia Lucely Pereira Abán.

--“En este caso, estamos ante un acto coercitivo, inconstitucional, ilegal, toda vez que no es voluntad de los trabajadores jubilarse (anticipadamente sino hasta los 35 años de acuerdo con la nueva Ley del ISSTEY) y no hay sustento legal que los obligue a hacerlo”, señaló la secretaria general del sindicato Cecilia Valdez Vergara.

 “Nos veremos en los tribunales, la lucha sigue y no descansaremos hasta que se haga justicia. Con la ley sí, la arbitrariedad no!. ningún paso atrás, unidos, fuertes y con fundamentos”, indicó a través de redes sociales.

Señaló que este lunes integrantes del Comité Directivo del SEPLY  “acudimos a las instalaciones de la Auditoría Superior del Estado de Yucatán para abordar el tema de los despidos injustificados en contra de los agremiados del sindicato que trabajan en dicha auditoría”. 

Los referidos despidos, añade el escrito, se están llevando a cabo de manera arbitraria, contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vulnerando los derechos humanos laborales, ejerciendo actos de autoritarismo, "invitando a jubilarse" , lo que se traduce en despidos injustificados, ya que la jubilación es un derecho del trabajador y no una obligación y es un acto voluntario del trabajador jubilarse. 

Ante estos hechos, Valdez Vergara solicitó por escrito al titular de la ASEY, Rubén de Jesús Arjona Ortiz que “que cualquier asunto laboral relativo a las y los trabajadores sindicalizados, sea tratado directamente con la suscrita como Secretaria General del Sindicato que represento”.

El documento íntegro enviado al funcionario, quien tomó posesión apenas el pasado 12 de diciembre de 2023:

LIC. RUBÉN DE  JESÚS ARJONA ORTÍZ MDF.
AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE YUCATÁN
PRESENTE.

La que suscribe C. Cecilia Valdez Vergara, Secretaria General del Sindicato de Empleados del Poder Legislativo de Yucatán, con fundamento en lo dispuesto en el convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo referente al tema de violencia y acoso laboral, el cual en su artículo 1 a la letra dice:

“La expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género [...]”

Por su parte, la Norma Oficial Mexicana NOM-035-STPS-2018 establece dentro de los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, los actos de violencia laboral al trabajador en sinergia con la Recomendación 206, sobre la violencia y el acoso emitido por la Organización Internacional de Trabajo. Así como en lo dispuesto en el artículo 123 apartado B, fracción X, que estipula que los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes; y en su fracción XI, inciso A; establece como base de la seguridad social la jubilación, siendo esta un derecho para el trabajador y no una obligación, en consonancia con el artículo 70 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, que establece que "/os

Sindicatos son las asociaciones de trabajadores que laboran en una Dependencia, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses comunes”. Aunado a las disposiciones de la nueva Ley de Seguridad Social de los Trabajadores del Estado de Yucatán, que estipula que la pensión por jubilación será hasta los 35 años, subrayando que es un derecho del trabajador y por consiguiente es ejercido de manera voluntaria; y desde luego, el Reglamento Interior de Trabajo del Poder Legislativo vigente que obra en el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán, suscrito entre el Sindicato a mi cargo y el Poder Legislativo, siendo este último integrado por el Congreso del Estado y la Auditoría Superior del Estado de Yucatán, mismo que en su artículo 2 estipula que rige en el referido Poder Legislativo, en todas sus dependencias, departamentos o áreas de trabajo en las que prestan sus servicios trabajadores afiliados al sindicato [...] y que establece entre otros temas, los procesos de ingreso, vacantes, jornadas de trabajo, prestaciones así como los derechos y obligaciones de ambas partes.

Por todo lo que antecede, le solicito de la manera más atenta, que cualquier asunto laboral relativo a las y los trabajadores sindicalizados, sea tratado directamente con la suscrita como Secretaria General del Sindicato que represento, ya que, como organización legalmente constituida, en términos del artículo 3 de nuestros Estatutos tenemos como objetivo “defender los derechos e intereses de los agremiados en todo lo relacionado con la prestación de sus servicios y procurar el mejoramiento económico y social de los mismos, sin distinción de ninguna especie, debiendo para tal efecto luchar por el respeto de los derechos laborales de sus miembros [...]”

Razón por la cual, le menciono que el despido que están realizando con los 4 agremiados del Sindicato de Empleados del Poder Legislativo de Yucatán: Jorge Armando Gómez Moguel, Lily Marlen Segovia Aké, Guilber Porfirio Chan Bojórquez y Lidia Lucely Pereira Abán es en contra de su voluntad, ya que no desean jubilarse de sus puestos laborales, lo cual es vulneratorio de derechos humanos laborales y contrario a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las disposiciones en la materia.

Sin otro particular, agradezco su amable y pronta respuesta y quedo de usted”.


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