Proponen expedir la Ley del Defensor de los Derechos del Menor

México, DF.-  Las Comisiones de Derechos de la Niñez y de Derechos Humanos analizarán una iniciativa que propone expedir la Ley del Defensor de los Derechos del Menor, a fin de que esta figura los proteja, vigile los programas a su favor y diseñe acciones específicas.
Impulsada por los diputados Agustín Miguel Alonso Raya, Fernando Cuéllar Reyes y Javier Salinas Narváez, del PRD, la iniciativa busca que la Defensoría de los Derechos del Menor sea un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y autonomía técnica, funcional y de gestión.
La propuesta presentada a la Comisión Permanente establece que el Defensor del Menor se encargará de vigilar el cumplimiento de los programas que garanticen educación, salud y vida digna de los menores de edad; la prevención a través de programas específicos, y situaciones de riesgo físico, económico, sexual y emocional de los menores de edad.
Además, protegerlos frente a los factores que privan o limitan el pleno disfrute de sus derechos, y diseñar acciones dirigidas a la población infantil en desventaja.
Los legisladores sostienen que las niñas, niños y adolescentes son un grupo especialmente vulnerable, ante lo cual es necesario establecer instituciones y procedimientos especializados para proteger y promover sus derechos.
Subrayaron que los menores se encuentran en vulnerabilidad porque están en una posición limitada para hacer valer sus derechos por sí mismos, ya que no tienen voz ni voto, ni influencia en los grupos de presión o en las instituciones que asesoran sobre la política y la economía.
Agregaron que aún existe la idea tradicional de que “los niños son propiedad de sus padres”, y la actuación del Estado en su defensa se interpreta como una intrusión.
Valoraron las estructuras institucionales, legales y sociales necesarias para permitir que los derechos de los niños deben ser reconocidas y respetadas, pues estimaron que la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, los Niños y los Adolescentes es insuficiente para asegurar su protección real.
En dicha ley, explicaron que la responsabilidad hacia las niñas, los niños y adolescentes se divide entre distintas secretarías y organismos, fracasando el desarrollo de servicios integrados y desconociéndose su impacto global en los propios menores.
Ante este panorama, destacaron que los defensores de los derechos de los menores no deben estar sujetos a manipulación por parte de los gobiernos o de los partidos políticos, ni los funcionarios del gobierno deben poder dificultar sus funciones.
De igual manera, los defensores deberán ser accesibles para los menores, y para lo cual su oficina tendrá que poseer características informales, con la finalidad de que los infantes sientan confianza para acercarse directamente al Visitador de la Defensoría.
Desatacaron que la tarea del Defensor será promover los derechos del niño, además de identificar y mostrar cómo y por qué fracasan las políticas en la materia, y proponer medidas para atender las fallas.
Por otra parte, cuando la legislación interna sea conforme a dichas normas, el papel del Defensor será la de supervisar su aplicación efectiva, y si ésta no es cumplida deberá promover el cambio necesario en la legislación y las políticas y las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas.

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