Los jueces, responsables de garantizar el respeto a los derechos humanos

Mérida, Yucatán.-.-La reforma constitucional de 2011 establece una responsabilidad compartida entre los jueces del estado mexicano en pro de una mayor garantía de los derechos humanos y fundamentales, señaló el Dr. Rubén Sánchez Gil, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México (IIJUNAM)
Dijo que es posible que con el control difuso y con esta reforma, México sea uno de los países con el más amplio espectro en el mundo para la protección de los derechos humanos, ya que puede ser aplicado por los jueces locales y por toda autoridad que ejerce funciones jurisdiccionales.
“La introducción del control difuso en México en 2011 no es un mero cambio, no le añadimos una coma a la Constitución o hicimos un cambio cosmético, sino que es un cambio trascendente”
En una conferencia ofrecida esta mañana en la sede del Poder Judicial del Estado de Yucatán, como parte de la 8ª. Semana Jurídica y Cultural, agregó que únicamente los jueces pueden dejar de aplicar leyes cuando sean inconstitucionales o contravengan los Convenios internacionales en materia de derechos humanos.
De hecho son quienes deben promover y garantizar el goce efectivo de los derechos humanos, señaló en su participación.
“Lo que las reformas de 2011 vinieron a hacer fue cambiarnos el panorama jurídico de la noche a la mañana, los juzgadores se vieron en la obligación de aplicar parámetros internacionales que ni siquiera habíamos escuchado hablar o lo habíamos hecho someramente, sin una profundización de este gran bagaje internacional y nacional y eso es un esfuerzo mayúsculo”.
No es lo mismo pasar a tener que aplicar cientos de Tratados, resoluciones y aprender la dinámica que tiene este derecho internacional y además articularlo de manera que sea compatible con la Constitución, es una tarea que nos ha costado trabajo a todos, pero estamos obligados a hacerlo.
Dijo que esta obligación no sólo se deriva de la reforma de 2011, sino también de decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por ejemplo una contradicción de tesis a principios de este mes que estableció la idea de que si bien los tratados internacionales gozan de rango constitucional, las restricciones al mismo son las contenidas en la constitución.
De esta manera, explicó, la Corte reconoce el carácter vinculante a toda la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que se extiende a todo el bagaje jurisprudencial y no solo a aquellas resoluciones de las que sea parte el estado mexicano y esa creo que es la correcta estimación que se debe dar a la jurisprudencia internacional.

Expuso que esto permite la protección de conformidad con las leyes, con los tratados internacionales y la Constitución.

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