Dijo que es posible que con el control difuso y con esta
reforma, México sea uno de los países con el más amplio espectro en el mundo
para la protección de los derechos humanos, ya que puede ser aplicado por los
jueces locales y por toda autoridad que ejerce funciones jurisdiccionales.
“La introducción del control difuso en México en 2011 no es
un mero cambio, no le añadimos una coma a la Constitución o hicimos un cambio
cosmético, sino que es un cambio trascendente”
En una conferencia ofrecida esta mañana en la sede del Poder
Judicial del Estado de Yucatán, como parte de la 8ª. Semana Jurídica y
Cultural, agregó que únicamente los jueces pueden dejar de aplicar leyes cuando
sean inconstitucionales o contravengan los Convenios internacionales en materia
de derechos humanos.
De hecho son quienes deben promover y garantizar el goce
efectivo de los derechos humanos, señaló en su participación.
“Lo que las reformas de 2011 vinieron a hacer fue cambiarnos
el panorama jurídico de la noche a la mañana, los juzgadores se vieron en la
obligación de aplicar parámetros internacionales que ni siquiera habíamos
escuchado hablar o lo habíamos hecho someramente, sin una profundización de
este gran bagaje internacional y nacional y eso es un esfuerzo mayúsculo”.
No es lo mismo pasar a tener que aplicar cientos de
Tratados, resoluciones y aprender la dinámica que tiene este derecho
internacional y además articularlo de manera que sea compatible con la
Constitución, es una tarea que nos ha costado trabajo a todos, pero estamos
obligados a hacerlo.
Dijo que esta obligación no sólo se deriva de la reforma de
2011, sino también de decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación,
por ejemplo una contradicción de tesis a principios de este mes que estableció
la idea de que si bien los tratados internacionales gozan de rango
constitucional, las restricciones al mismo son las contenidas en la
constitución.
De esta manera, explicó, la Corte reconoce el carácter
vinculante a toda la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, que se extiende a todo el bagaje jurisprudencial y no solo a aquellas
resoluciones de las que sea parte el estado mexicano y esa creo que es la
correcta estimación que se debe dar a la jurisprudencia internacional.
Expuso que esto permite la protección de conformidad con las
leyes, con los tratados internacionales y la Constitución.
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