Prisión preventiva para homicida de taxista de Progreso

La Fiscalía General del Estado (FGE) formuló la imputación a D.A.Ch.E. por su presunta participación en el homicidio de un taxista, ocurrido en días pasados en el puerto de Progreso, por lo que se solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, misma que fue concedida de manera oficiosa por todo el tiempo que dure el proceso.

  • Formulan imputación; la audiencia continuará el 18 de agosto

Mérida, Yucatán.-  La Fiscalía General del Estado (FGE) formuló la imputación a D.A.Ch.E. por su presunta participación en el homicidio del taxista José Gabriel Macdonald Sánchez, de 32 años de edad, ocurrido en días pasados en el puerto de Progreso, por lo que se solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, misma que fue concedida de manera oficiosa por todo el tiempo que dure el proceso.

De acuerdo con la información obtenida durante la indagatoria realizada por los especialistas de la Fiscalía, los hechos ocurrieron en el interior de un vehículo automotor, habilitado como taxi, mientras se encontraba en la calle 56 por 19 de la carretera a Chicxulub Puerto, donde el imputado presuntamente haciendo uso de la violencia física y moral, lesionó con un arma blanca a la víctima, provocando lesiones que le causaron la muerte.

Durante la audiencia realizada en el Juzgado Tercero de Control del Primer Distrito Judicial, la Jueza de Control, Blanca Beatriz Bonilla González, decretó la legalidad en la detención y los fiscales adscritos formularon la imputación del delito de homicidio calificado, por los hechos ocurridos el pasado martes 11 de agosto, mismos por los que se presentó la formal denuncia que derivó en la causa penal 19/2020.

Tras la imputación del delito, los fiscales presentaron los datos de prueba para solicitar la vinculación a proceso del imputado, quien se acogió a la duplicidad del término legal para definir su situación jurídica, por lo que la Juez de Control estableció que la audiencia continúe el próximo 18 de agosto.

El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que el imputado ha sido detenido en flagrancia o caso urgente, debe ser puesto a disposición de la Jueza o Juez de Control y se citará a la audiencia inicial en la que realizará el control de la detención.

En esta audiencia, el Ministerio Público debe justificar ante el Juez(a) las razones de la detención y éste procede a calificarla, examinar el cumplimiento del plazo constitucional de retención y los requisitos de procedibilidad, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el CNPP.

Ratificada de legal la detención por parte de la Jueza de Control Bonilla González, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con los siguientes hechos:
“Que el día 11 de agosto de 2020, aproximadamente a las 21:30 horas, en la comisaría de Chicxulub puerto de Progreso, Yucatán, cuando el hoy imputado privó de la vida a una persona que le brindó el servicio de taxi. Fue señalado directamente por testigos y detenido cerca del lugar de los hechos".

Posterior a la imputación, en la misma audiencia la Fiscalía, conforme a lo previsto en el CNPP, solicitó a la Jueza de Control resolver la situación jurídica de la persona detenida (auto de vinculación a proceso), pero la defensa y el imputado solicitaron la duplicidad del término constitucional, es decir 144 horas, ante lo cual la Jueza notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el martes 18 de agosto del presente a las 11:30 horas, en este mismo Centro de Justicia Oral.

Por último, la Juzgadora impuso, a solicitud de los fiscales, la medida cautelar de prisión preventiva por todo el tiempo que dure el proceso penal.

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