El presidente de la CANACO Mérida, José Manuel López Campos
señaló que para los empresarios es importante conocer los alcances y sanciones
de esta nueva Ley, ya que lo que la Secretaría de Hacienda pretende es tener un
mejor control para detectar operaciones financieras con recursos de mala
procedencia.
Resaltó que según registros de la propia Secretaría de
Hacienda al año en México se hacen operaciones con recursos ilícitos por montos
de entre 10 mil y 14 mil millones de pesos.
Con esta nueva ley la autoridad federal obliga a toda
persona, negocio o fideicomiso a corroborar la identidad de su cliente al
momento de realizar cualquier tipo de transacción que se considere vulnerable.
Sin embargo, para el sector empresarial la mayor
preocupación es la complejidad administrativa que generará el cumplimiento de
estas disposiciones, ya que afectará en mayor medida a las pequeñas y medianas
empresas (PYMES), que en caso de incapacidad para cumplir con estas medidas
podrían quedar en el supuesto de ilícitos que se sancionan con elevadas multas
e incluso de puede convertir en una causa penal, indicó López Campos.
Además, esta nueva Ley podría ser una desventaja competitiva
para el país por el incremento en trámites y los riesgos que implica su
cumplimiento, lo que inhibiría la inversión tanto de los empresarios nacionales
como extranjeros.
Por ello, agregó que la Cámara de Comercio pone a
disposición de sus afiliados su Departamento Jurídico para asesorarlos y apoyar
en el cumplimiento de las obligaciones legales que se derivan de los cambios y
actualizaciones de Leyes y Reglamentos.
Por su parte, el notario Jorge Peniche Aznar, precisó que
con la nueva Ley los negocios tendrán que corroborar la identidad del cliente
para obtener datos esenciales de la persona que está comprando o invirtiendo y
saber de dónde proceden los recursos.
Esta acción, dijo, ayudará a prevenir, investigar y
perseguir los delitos relacionados con operaciones con dinero que no puede
justificar su origen.
Con la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita todos aquellos negocios como
casinos, casas de cambio, constructoras, inmobiliarias, negocios de bienes
raíces, e inclusive individuos que llegaran a cerrar un negocio considerado
“vulnerable” con una persona física, deberán abrir un expediente de ese cliente
con información sobre su ocupación y fuente de ingresos, el cual deberán
conservarlo por lo menos cinco años.
También se tendrán que sujetar a esta Ley las tiendas departamentales, despachos
jurídicos y contables, tiendas de autoservicio, prestadoras de servicios de
cobranza, empresas de seguridad privada, casas de préstamo o empeño, galerías
de arte, joyerías, y distribuidoras automotrices, marítimas y aéreas, entre
otros negocios.
Los dueños de esos negocios, en caso de detectar alguna
anomalía con alguno de sus clientes, deberá avisar a la Unidad de Inteligencia
Financiera, la cual dependen de la Fiscalía General y se encarga de investigar
las estructuras financieras vinculadas a las operaciones de presuntas
organizaciones delictivas y evitar que usen los recursos para su financiamiento.
Añadió que con esta nueva norma, que entró en operación el
pasado 1 de septiembre, quedan limitadas las transacciones en efectivo y las
vinculadas a juegos de apuestas, concursos o sorteos, así como la emisión o
comercialización de tarjetas de servicios o de crédito no bancarias y cheques
de viaje.
También se prohíben
las transacciones en efectivo en operaciones inmobiliarias con un valor
superior a un millón de pesos mexicanos (77 mil 190 dólares) o en la
compraventa de vehículos que superen los 200 mil pesos (15 mil 438 dólares), y
en el caso de joyas, metales preciosos, relojes, piedras preciosas y obras de
arte, se restringen los pagos en efectivo cuando alcancen un valor superior a
300 mil pesos (23 mil 157 dólares).
Peniche Aznar puntualizó que quienes realicen las
actividades vulnerables deberán estar inscritos en el Registro Federal de
Contribuyentes y contar con el certificado vigente de la Firma Electrónica
Avanzada correspondiente.
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