Indicó que el 15 de agosto del presente año, José y
Carlos presentaron, ante el Juzgado
Tercero Mixto de lo Civil y Familiar del Primer Departamento Judicial del Estado,
con sede en Motul, unas diligencias de jurisdicción voluntaria para que dicho
órgano judicial les reconociera la calidad de concubinos. Como parte del
proceso, el día de ayer se efectuó una audiencia, en la sala de juicio oral del
citado juzgado, en la que se desahogaron los testimonios ofrecidos por los
promoventes con el fin de acreditar la existencia y permanencia de su relación
de pareja.
Finalizada la comparecencia de los testigos, la Titular del
Juzgado, Sandra Isabel Bermejo Burgos, emitió su resolución mediante la cual
determinó reconocer la calidad de concubinos a José y Carlos, con los derechos
y obligaciones que ello conlleva. Al fundamentar su resolución, la citada Jueza
hizo suyos los argumentos presentados por la representación legal de los
solicitantes, y aplicó los estándares nacionales e internacionales que se han
derivado del desarrollo del derecho a la no discriminación por preferencia u
orientación sexual, principalmente los emitidos por la Suprema Corte de
Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Entre otras cosas, la juzgadora señaló que, a pesar de que
el artículo 201 del Código de Familia del Estado de Yucatán define el
concubinato como “la unión de un hombre y una mujer… quienes hacen vida en
común de manera notoria, permanente”, el
artículo 1° de la Constitución Federal y el 1 y 2.1 de la Convención Americana
y del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, respectivamente, establecen que el
acceso a los derechos humanos se debe garantizar en condiciones de igualdad y
no discriminación, razón por la cual resultaba procedente conceder la solicitud
de concubinato, atendiendo, además, al deber que tiene toda autoridad de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos, derivado del citado artículo 1° constitucional.
Con lo anterior, la Jueza Tercero de Motul aplicó el control
de la constitucionalidad y la convencionalidad, haciendo efectivo el principio
pro persona a favor de José y Carlos , con lo cual podrán gozar de los derechos
derivados del reconocimiento legal de su unión, entre otros el derecho a la
salud, sucesiones, herencias, etc.
Esta resolución que reconoce la calidad de concubinos a
Carlos y José, se suma a la emitida el día 28 de junio del 2013 por el Juzgado
Tercero de Distrito en el Estado de Yucatán, mediante la cual se otorgó un
amparo a otra pareja del mismo sexo, que alegaba que su derecho a la no
discriminación había sido violado al negarle el registro civil la posibilidad
de contraer matrimonio. Al resolver el amparo, el citado órgano de Justicia
Federal reconoció la inconstitucionalidad del artículo 49 del Código de Familia
del Estado de Yucatán, pues establecía una limitación carente de justificación
para que parejas del mismo sexo pudieran acceder a la figura del matrimonio.
No obstante que esta noticia significa un paso más en el
inevitable proceso de reconocimiento legal de las familias homoparentales en la
entidad, la legislación vigente del Estado de Yucatán, tanto el Código de
Familia como la Constitución Estatal, sigue excluyendo de las figuras de
matrimonio y concubinato a las parejas del mismo sexo.
La existencia de dos resoluciones emitidas, una por el Poder
Judicial Federal y la otra por la Justicia estatal, que han establecido con
claridad la confrontación de la normatividad estatal en materia familiar con el
derecho humano a la igualdad y no discriminación por preferencia sexual, exhibe
la omisión en la que ha incurrido el Congreso del estado para armonizar la
normatividad estatal con los más altos estándares en materia de derechos
humanos. En este sentido, exigimos a las
y los legisladores para que cumplan con su obligación de proteger a la familia,
y reforme la legislación actual, de tal manera que el matrimonio y el
concubinato puedan ser accesibles para todas y todos, con independencia de su
orientación sexual.
El documento también es firmado por el Grupo Multisectorial
Ciudadano en VIH/Sida en Yucatán y el grupo Indignación, Promoción y Defensa de
los Derechos Humanos AC
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