- Pretendían ser vendidas en la ciudad de Mérida, Yucatán
- El responsable no presentó la documentación que acreditara su legal procedencia
Mérida, Yucatán Personal de la Procuraduría Federal de Protección
al Ambiente (PROFEPA) Delegación Yucatán, aseguró 8 ejemplares de aves canoras
y de ornato, que habían sido extraídas ilegalmente de su hábitat y que estaban
siendo ofertadas para su venta en la ciudad de Mérida, Yucatán.
Los ejemplares fueron asegurados debido a la falta de
documentación que avalara su legal procedencia. Se trata de 1 Cardenal
(Cardinalis cardinalis), 2 Dominicos (Sporophila torqueola), 2 Semilleritos
(Tiaris olivacea), 1 Chichinbacal (Carduelis psaltria), 1 Degollado o picogordo
(Pheucticus ludovicianus) y 1 loro Frente blanca (Amazana albifrons).
La actuación de los inspectores de la PROFEPA se registró en
atención a una denuncia ciudadana.
Los animales fueron entregados para su cuidado y
conservación temporal, al Centro para la Conservación e Investigación de la
Vida Silvestre (CIVS) ubicado en el municipio de San Bartolomé Tekax, Yucatán.
El loro de Frente blanca (Amazana albifrons) se encuentra
dentro de la NOM-059-SEMARNAT-2010 bajo la categoría de Sujeta a Protección
Especial (Pr).
Cabe señalar que La Ley General de Vida Silvestre establece
que realizar actividades de aprovechamiento
de la vida silvestre sin autorización correspondiente y poseer
ejemplares de la vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar con los
medios para demostrar su legal procedencia, se sancionará con el equivalente de
50 a 50 mil veces de salario mínimo, así como con el decomiso de los
ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre y de los instrumentos directamente
relacionados con infracciones a la precitada Ley.
Asimismo el Código Penal Federal en su artículo 420 fracción
IV señala que quien realice cualquier actividad con fines de tráfico, o
capture, posea, transporte o acopie algún ejemplar de una especie de flora o
fauna silvestre que sea considerada endémica, amenazada, en peligro de
extinción o sujeta bajo protección especial, se le impondrá una pena de uno a
nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa.
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