- Encontrados dentro de una caja de cartón, documentada como “artículos deportivos”
Mérida, Yucatán.- Inspectores de la delegación Yucatán de la
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en coordinación con personal
de una empresa de mensajería, aseguraron diez crías de Cocodrilo Moreleti, que
fueron enviados por paquetería de Jalpa de Méndez, Tabasco, con destino a
Mérida, sin la documentación que acreditara su legal procedencia.
El paquete fue detectado en el Centro Operativo de una
empresa de mensajería y paquetería en Mérida, la cual notificó del hallazgo.
Los ejemplares,
listados en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría Sujeta a protección
especial (Pr), fueron detectados dentro de una caja de cartón, sellada con cinta,
que había sido documentada como “artículos deportivos”.
Durante una revisión física, inspectores de la PROFEPA
identificaron que las crías de cocodrilo presentaban deshidratación y poco
vigor físico, por lo que inmediatamente fueron trasladados al Predio o
Instalación que Maneja Vida Silvestre “Parque Zoológico El Centenario”, para su
resguardo y protección temporal.
Cabe destacar que el tráfico ilegal de especies de vida
silvestre causa una alta tasa de mortalidad, pues sólo el 10% de las ejemplares
que se trafican sobreviven al estrés, la falta de comida y al hacinamiento, a
los que son sometidos cuando son transportados.
Esta actividad ilícita ocasiona daño al equilibrio ecológico
al reducir la biodiversidad y las poblaciones de especies, por lo que la
Delegación Federal de la PROFEPA en Yucatán reforzó la coordinación con las
empresas de mensajería y transporte, a fin de detectar y combatir el tráfico
ilegal en la materia.
El Artículo 122 la Ley General de Vida Silvestre establece
que poseer ejemplares de vida silvestre fuera de su hábitat natural sin contar
con los medios para demostrar su legal procedencia o en contravención a las
disposiciones para su manejo establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales (SEMARNAT) se aplicará una multa de 50 a 50 mil veces el salario mínimo vigente.
Asimismo, el Código Penal Federal, en el artículo 420
fracción V señala que quien dañe algún ejemplar de las especies de flora y
fauna silvestre que sea considerada endémica, amenazada, en peligro de
extinción o sujeta bajo protección especial, se le impondrá una pena de uno a
nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días multa.
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