- Pide el presidente de la CODHEY a nuevos alcaldes atender de urgencia deficiencias en cárceles municipales
Además, la falta de
vigilancia permanente de estos centros ha propiciado que en los últimos tres
años se registraran al menos cinco suicidios –de los cuales tenemos
registro-, lo que es un llamado de
alerta para las próximas autoridades municipales.
La Comisión de
Derechos Humanos del Estado de Yucatán (CODHEY) supervisó 99 de las 106
cárceles municipales de la entidad a través del Centro de Supervisión
Permanente a Organismos Públicos, del primero de enero al 14 de agosto del
2015, de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 10 fracción
XVIII, de la Ley.
Es preciso mencionar
que para las revisiones se aplica la Guía de Supervisión a Cárceles Municipales
y se inspeccionan, en caso de
encontrarse, los libros de registro,
manuales de procedimientos y reglamentos de Policía.
El Presidente de la
CODHEY, José Enrique Goff Ailloud indicó que el 68% de las cárceles no cumplen
con las reglas mínimas, dejando en estado de indefensión a los detenidos por
asuntos administrativos.
Ante esta situación, Goff Ailloud hizo un llamado urgente a
las próximas autoridades municipales para atender de manera prioritaria esta
situación generalizada, -salvo algunas excepciones como Mérida, Valladolid,
Tizimín, Motul y Progreso-, ya que se trata de graves violaciones a Derechos
Humanos.
“Es urgente subsanar de manera inmediata tanto la cuestiones
de infraestructura, así como la capacitación al personal para garantizar el
respeto de los Derechos Humanos de los detenidos; y que quede claro que no
estamos pidiendo cárceles de lujo, sólo espacios que respeten la dignidad de
las personas”, enfatizó.
Puntualizó que durante las supervisiones se encontraron
celdas que carecen de baños, luz, limpieza, ventilación, planchas de cemento
para sentarse o acostarse; además hay casos más delicados donde se observaron
grafitis, orificios en el piso, el techo o pared, residuos de excremento en pisos y paredes,
telarañas, rejas oxidadas o rotas, por mencionar algunas situaciones.
Goff Ailloud dijo que uno de los principales problemas
observados fue la falta de registros de las personas arrestadas y de las
pertenencias que les retiran al momento de su ingreso.
“Encontramos que a los detenidos se les deja únicamente en
ropa interior, violentando su integridad”, puntualizó.
Remarcó la importancia de la capacitación a los servidores
públicos, pues desconocen los procedimientos básicos de una Dirección de
Seguridad Pública ya que muchos de los municipios no cuentan con el Bando de
Policía y Buen Gobierno, ni manuales operativos o reglamentos internos que
controlen el actuar de cada elemento.
Registros
En la revisión, se constató que el 65% de las cárceles
municipales no cuentan con ninguna clase de registro ni documentación; sólo 35%
de ellas cuentan con este trámite necesario y de este porcentaje, el 30% lo realiza
de manera incompleta.
Esta situación encontrada reiteradamente en los municipios
se debe, principalmente, al desconocimiento del propio personal encargado de
las comandancias, destacan por esta situación Tahdziú, Sacalum y Suma de
Hidalgo.
Los registros deben llevarse en un libro foliado y contener
como mínimo los datos del detenido: nombre, edad, media filiación, domicilio,
etc.; listado y descripción de pertenencias, autoridad que pone a disposición,
hora de entrada y salida del detenido, sanción fundada y motivada, así como si
existe queja o no en su contra, entre otras cosas. El registro adecuado
constituye una importante garantía de la protección de los Derechos Humanos de
las personas que por algún motivo fueron arrestadas, además de facilitar en
gran medida el trabajo de los elementos de policía.
Resguardo de pertenencias
Respecto al registro de los objetos que se les retiran a los
detenidos al momento de ingresar al área de celdas, se verificó que un 56% de
los centros de detención llevan dicho registro, pero únicamente el 3% expide un
recibo para garantizar su devolución al momento del egreso. En Mérida, Valladolid, Progreso y Motul son municipios que entregan
comprobantes.
Separación de la población arrestada
En el 100% de las cárceles visitadas se informó que la
separación por género es aplicada en el momento del internamiento a las celdas,
sin embargo, solo el 5% cuenta con un área específica para mujeres y/o
adolescentes.
Incluso señalan que en el caso de detención de alguna mujer
o adolescentes, son ubicados en oficinas de las comandancias u otras áreas
administrativas de los ayuntamientos, entre otros.
Mérida, Progreso, Valladolid, Tizimín, Motul yTixkokob son
algunos son de los municipios que tienen un área específica para menores y/o
mujeres.
Alimentación
En cuanto a la alimentación, se informó que el 18% de las
cárceles municipales proporcionan alimentos a los detenidos por lo menos una
vez al día.
En los lugares restantes en donde no se suministra alimentos
por parte de la comandancia, los entrevistados afirmaron que la responsabilidad
de proveerlos recae en los familiares, puesto que las costumbres de las
localidades así lo establecen, aunado a que no cuentan con un presupuesto
específico para cubrir esa erogación. Valladolid, Mérida, Tizimín son algunos
de los municipios que otorgan alimentos 3 veces al día.
Visitas y llamada telefónica
El 100% de las comandancias manifestaron permitir la visita
a los detenidos, no obstante, únicamente el 9 % lleva un registro de las
mismas.
Respecto de la comunicación vía telefónica a la que las
personas arrestadas tienen derecho, se encontró que en el 80% de las cárceles
se les permite realizarla, pero desde teléfonos celulares de los oficiales de
policía o de los propios detenidos.
Condiciones materiales de mantenimiento e higiene del lugar
de aseguramiento
Ticul, Buczotz, Tixméhuac y Chacsinkín son municipios que
notoriamente requieren un cambio de edificio en las cárceles, debido a que las
instalaciones en donde se encuentran actualmente están en muy mal estado y no
garantizan la integridad de los detenidos ahí recluidos.
Asimismo, fue posible verificar con respecto a la
iluminación natural y ventilación, que en el 60% de las celdas las condiciones
son adecuadas, ya que cuentan con ventanas, traga luz y puertas de barrotes que
permiten una adecuada iluminación natural y ventilación.
En cuanto a la iluminación artificial se encontró que el 10%
de las cárceles cuentan con ella en el interior. Sobre este dato también pudo
corroborarse que un 70% cuenta con iluminación instalada en el exterior, no
obstante, debido a la ubicación y características muchas de esas instalaciones
resultan insuficientes.
En relación al lugar de descanso de los detenidos, es
preciso decir que un 73% de las cárceles tienen planchas de cemento para cubrir
esta necesidad, sin embargo, las condiciones materiales de las mismas, en su
mayoría, no son las óptimas puesto que se han encontrado planchas rotas, con
exposición de varillas metálicas, dimensiones reducidas, etc.
En cuento a las instalaciones sanitarias es importante hacer
mención que gran parte de las cárceles municipales no están diseñadas para
cubrir las necesidades de las personas arrestadas o, simplemente, no cuentan
con ellas. Puede hacerse referencia de algunas en las que únicamente se hallan
agujeros en el piso a manera de letrina acumulándose desechos de todo tipo,
desde residuos fecales y orina hasta alimentos en descomposición, contribuyendo
al mal estado general que predominan en las celdas.
Un ejemplo claro de esto lo encontramos en las cárceles
municipales de Peto, Tahdziú e Izamal. Aunado a lo anterior, la mayoría de los
sanitarios interiores carecen de privacidad alguna, ya que las tazas quedan
expuestas a la vista de cualquier persona que se encuentre en el área. Tixkokob
pese a contar con instalaciones de reciente creación, las celdas y su área
sanitaria se encuentran muy sucias.
Se encontró que el 16% de las cárceles cuentan con
instalaciones sanitarias en su interior y de este porcentaje, únicamente en
Mérida, Valladolid y Tizimín se constató que contaban con agua corriente.
Como resultado de las condiciones mencionadas en el punto
anterior, debe enfatizarse el olor intolerable que se percibe, no solo en el
interior de las celdas, sino que alcanza a sus alrededores, incluyendo, en
algunos casos, las mismas oficinas de la comandancia dada la cercanía de éstas
con las celdas; situación que pone en evidencia el riesgo a la salud, no sólo
de las personas arrestadas, sino también de las que se encuentran en contacto
diario con dichas instalaciones. Un ejemplo de lo anterior son los municipios
de Izamal, Chemax, Temozón y Oxkutzcab.
Mantenimiento del orden y aplicación de medidas
Respecto de la normatividad relacionada con las sanciones
por faltas administrativas, únicamente en 31 municipios reconocen que cuentan
con Bando de Policía y Buen Gobierno; sin embargo, la inmensa mayoría de las
autoridades entrevistadas desconocen la existencia de esta reglamentación
municipal o cualquier otra relacionada con sus funciones, manifestando regirse
por los usos y costumbres de sus comunidades.
Respecto de la aplicación de medidas y mantenimiento del
orden en las cárceles municipales se detectó una práctica común en las
comandancias, siendo esta la de desvestir a los detenidos en el momento de su
ingreso a las celdas; operación que va desde el retiro de la camisa hasta el
despojo total de la ropa, incluyendo la interior en algunos casos, bajo el
alegato que así previenen suicidios de las personas que se encuentran altamente
intoxicadas.
Personal adscrito y capacitación
En cuanto al número de personas adscritas a las Comandancias
y Direcciones de Seguridad Pública visitadas, al igual que en años anteriores
resultan insuficientes de acuerdo con el número de habitantes de cada
municipio, así como con la demanda diaria de solicitudes de intervención de las
autoridades municipales.
Los puestos de dirección y comando, así como de los propios
elementos policíacos son cubiertos por personal que no cumple con el perfil ni
cuenta con la capacitación suficiente para desempeñar los cargos, ya que muchas
de las autoridades policiales se dedicaban anteriormente a labores u oficios
que tienen poca o ninguna relación con las funciones que actualmente
desempeñan.
Y la mayoría del personal policial en las comandancias es de
nuevo ingreso, por lo que existe mucho desconocimiento acerca de sus funciones,
en este sentido resulta preocupante que, hasta la fecha, sólo la mitad de las
direcciones de policía hayan recibido capacitación al respecto.
Cabe señalar, que algunos de los entrevistados manifestaron
que son los mismos ayuntamientos los que no han promovido dicha capacitación a
pesar de que los oficiales lo han solicitado reiterativamente.
Modificaciones arquitectónicas y medidas especiales para los
grupos vulnerables
Respecto a la accesibilidad en los edificios destinados para
el arresto de personas, así como sus respectivas comandancias, se constató que
el 7% cuenta por lo menos con alguna rampa, adaptación más recurrida para el
caso de atención a personas con discapacidad.
Sobre las medias que deben tomarse respecto a los grupos
vulnerables considerados: adultos mayores, personas con discapacidad y enfermos
mentales, se pudo constatar que al 10% de estos grupos se le ingresa a las
celdas públicas, al 50% se le ubica en la comandancia, al 30% se le traslada a
su domicilio o a alguna institución alterna y el 10% son puestos en libertad
debido a que se desconoce, por parte de los servidores públicos, qué acciones
realizar o cómo proceder.
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