- Ya no se utilizará el término “presunto culpable” sino imputado o sujeto a investigación
Durante una reunión con medios de comunicación, destacó el ejercicio
de los derechos procesales que tienen los actores, y que involucran el uso y
ejercicio de la cobertura periodística.
Mencionó las limitaciones para no exponer a los procesados
en los medios de comunicación y a no ser presentados ante la comunidad como culpables,
así como del nuevo lenguaje, como por ejemplo que no ya se utilizará el término
“presunto culpable” sino imputado o sujeto a investigación.
Dijo que con el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, los comunicadores
podrán identificar claramente aquellos escenarios de cobertura periodística con
interés para la opinión pública, y podrán realizar su trabajo de forma directa
con las fuentes, es decir, con las partes involucradas en los casos procesales.
Manifestó los Principios Rectores de Publicidad y Oralidad que
contempla este sistema penal, que garantizan la transparencia para todos los
actores, también favorecen el ejercicio periodístico y facilitan el acceso a la
información de forma transparente y expedita.
Dijo que ahora los
periodistas y los medios de comunicación podrán acceder al lugar en el que se
desarrolle la audiencia, en los casos y condiciones que determine el órgano jurisdiccional
conforme a lo dispuesto por la Constitución Mexicana, el Código y los acuerdos
generales que emita el consejo.
Mencionó que ahora los periodistas, o los medios de
comunicación acreditados, deberán informar de su presencia al órgano jurisdiccional
con el objeto de ubicarlos en un lugar adecuado para tal fin y deberán
abstenerse de grabar y transmitir por cualquier medio la audiencia”.
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