- Señala que la empresa sembrará 37 árboles para compensar el corte para una obra de vialidad
En un comunicado precisa que la titular de esa dependencia,
Sayda Melina Rodríguez Gómez, informó que a mediados de octubre pasado
recibieron de Bodegas Aurrerá la petición respectiva, ya que esta empresa
planea construir un súper mercado en Circuito Colonias.
Como se hace en todos los casos similares a este que han
llegado a la Unidad, explicó, un
dictaminador acudió al predio de referencia para obtener información relativa a
las medidas de los árboles, altura, diámetro y copa, así como el estado general
de salud, si causan o pudieran causar alguna afectación a la infraestructura, y
los posibles riesgos a la población en caso de estar enfermos o que puedan
desplomarse.
Indicó que el reporte obtenido fue entregado a la dirección
de la Unidad, junto con la solicitud y los planos del proyecto ya autorizados
por la Dirección de Desarrollo Urbano.
Rodríguez Gómez, maestra en Ingeniería Ambiental por la
Universidad Autónoma de Yucatán, subrayó que el Ayuntamiento está atento a la protección de los árboles de la
ciudad y bajo este criterio, tan pronto se recibe la solicitud, biólogos de la
Unidad de Desarrollo Sustentable realizan un análisis completo de las
condiciones en que se encuentra el árbol y emite un informe,-explicó.
−Este informe −agrega− es turnado posteriormente al Comité
de Tala y Poda de Árboles para realizar un dictamen. En el caso de los árboles
de referencia el Comité analizó que por estar en una banqueta, no se consideró
su reubicación, ya que las raíces de todos están "entrelazadas" con
cemento, como resultado de una mala plantación, de modo que al ser removidos
tenían muy baja probabilidad de sobrevivir,-abundó.
Ese comité, explicó, lo integran representantes de la
Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente (Seduma) estatal, de la
Comisión Nacional Forestal (Conafor) y la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), del
gobierno federal, así como Obras Públicas y la Dirección de Servicios Públicos
Municipales, y cuenta con la validación del Consejo Consultivo de Protección al
Medio Ambiente, añade.
La especialista en gestión ambiental y ex coordinadora de
Enlace y Administración Ambiental de la Universidad Marista de Mérida indicó que la función del Comité es precisamente autorizar y/o
dictaminar de acuerdo con las solicitudes de los ciudadanos para cortar o podar
un árbol.
En el caso de los siete árboles cortados, expresó, es
importante señalar que un proyecto de este tipo en zona urbana, al momento de
contar con los planos autorizados, ya debe contar con la autorización en
materia de impacto ambiental ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio
Ambiente del gobierno del estado (SEDUMA), como ocurrió en el presente caso.
En esos planos, refirió, se indica que el retiro de los siete
árboles obedece a la necesidad de construir un carril de desaceleración para
garantizar que la operación de la bodega no sólo no interrumpirá el tránsito
vehicular de ésta importante avenida del fraccionamiento, sino también ayudará
en la prevención de accidentes, dada la importante afluencia de tránsito y de
las actividades comerciales que hay en la zona.
Indico que considerando que el proyecto ya contaba con la
autorización en materia urbana, la cual implica un alineamiento y cumplimiento
con los requerimientos de la Secretaría de Seguridad Pública del gobierno
estatal y de la SEDUMA, en materia vial y ambiental, respectivamente, se
procedió a la aplicación de un “criterio de compensación por el corte de los
árboles”.
-Ese criterio de compensación consistió en la petición que
se hizo a la empresa para reforestar la totalidad de sus áreas de
estacionamiento, solicitando que siembre un total de 37 árboles, distribuidos 1
por cada 5 cajones de estacionamiento, proporcionándoles especificaciones de
tamaño y profundidad de las pocetas, así como un listado de las especies que
deben ser sembradas, tomando como base lo propuesto en la Ley de Conservación y
Desarrollo de Arbolado Urbano del Estado de Yucatán.
Esa condición –advirtió- debe ser observada y revisada al
momento de la terminación de obra, para lo cual se entregó copia de la
respuesta a la Dirección de Desarrollo Urbano.
En caso de que la empresa no reponga los árboles de compensación en los
tiempos establecidos se hará acreedora a las sanciones correspondientes que
marca la Ley.
Por último, aclaró que la sustentabilidad implica analizar
los criterios ambientales, sociales y económicos de un proyecto o actividad,
buscando compaginar y lograr un balance entre los tres aspectos.
1. El proyecto se ubica en una vialidad comercial con gran
afluencia de vehículos, de modo que es considerada como conflictiva en términos
de tránsito. 2. El proyecto se considera
viable en términos del Plan de Desarrollo Urbano y del Reglamento de
Construcciones del Municipio de Mérida
3. El estatus de autorización del proyecto, implica que ya
tiene el visto bueno tanto de la SEDUMA y como de la SSP.
4. El carril de desaceleración que se pretende construir es
una obra de infraestructura urbana y vial que se considera benéfica en materia
de movilidad, en una arteria como Circuito colonias.
5. Los árboles, por estar en una banqueta, no se consideró
su ser reubicación, ya las raíces de todos están "entrelazadas" con
cemento, como resultado de una mala plantación, de modo que al ser removidos
tenían muy baja probabilidad de sobrevivir. 6. A fin de compensar el costo
ambiental por un proyecto urbano se condicionó el corte a la reforestación
adecuada de un estacionamiento, a fin de que no resulte otra “gran plancha” de
concreto.
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