- Desarrollo residencial, con lotes residenciales, dos grandes lagos tipo cenote, casa club, canchas deportivas y amplísimas áreas verdes, cambia uso de suelo sin autorización de Semarnat
El proyecto denominado: “Puerta Dzibilchaltún”, a nombre de
la Inmobiliaria Dzibilchaltún S. de R.L de C.V., no cumplió con los
requerimientos suficientes para su aprobación.
Durante la visita de inspección realizada, el personal de la
PROFEPA constató la remoción de vegetación en una superficie de 6.2 hectáreas,
correspondientes a caminos internos, excavaciones para lago artificial, así
como otros sitios desprovistos de vegetación con estructuras en obra negra.
La vegetación afectada corresponde a selva baja
caducifolia con especies predominantes
como: Ceiba (Ceiba pentandra), Chacá (Bursera simaruba), Jabín (Piscidia
piscipula), Tzalam (Lysiloma bahamensis), Chukum (Pithecellobium albicans), Yaxnic
(Vitex gaumeri), Chimay (Acacia farneciana), Tzitzilche (Gymnopodium
floribundum), Kitinche (Caesalpinia gaumeri), Catzin (Acacia gaumeri) y Huaxin
(Leucaena leucocephala), entre otras.
Al no exhibir la documentación en materia de cambio de uso
de suelo en terrenos forestales, se procedió a imponer la Clausura Total
Temporal y el cese de toda actividad en el predio, instaurando al efecto el
procedimiento administrativo correspondiente.
En conformidad con los artículos 163 y 165 de la Ley General
de Desarrollo Forestal Sustentable, el responsable de la remoción puede hacerse
acreedor a una multa equivalente a 100 y/o
20 mil días de salario mínimo
general, vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción y la
clausura definitiva de la obra.
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