Dijo que el objetivo es que los usuarios de las aguas
nacionales tengan la confianza de que cuentan con una concesión que les brinda
la seguridad legal de utilizar el recurso hídrico sin la preocupación de que la
actividad a la que destinan esos volúmenes se vea interrumpida por un acto de
autoridad.
Destacó además que la presentación del título de concesión
vigente es un requisito exigido por otras dependencias del gobierno federal
para tener acceso a programas federalizados. Particularmente, en el caso del
sector agrícola, para la obtención de subsidios en materia de tarifa de energía
eléctrica.
Para obtener el nuevo título de concesión, el usuario de
aguas nacionales debe acudir, antes del 31 de diciembre del año 2016, a
cualquier Centro Integral de Servicios o Ventanilla Única de la Conagua.
Dijo que estas facilidades son aplicables también a los
concesionarios que cuenten con títulos vigentes, pero que no solicitaron su
prórroga dentro del plazo que establece la Ley de Aguas Nacionales, siempre que
soliciten su adhesión antes de la fecha señalada.
Asimismo, esta medida beneficia también a los titulares de concesión o asignación
vencidos que hayan sido otorgadas en zonas en las que se encuentra suspendido
el libre alumbramiento de las aguas nacionales.
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