Mérida, Yucatán.- A fin de generar mayor trasparencia en el
ejercicio público, el Poder Ejecutivo, a través de la Consejería Jurídica (CJ),
presentó un paquete de seis iniciativas en materia de combate a la corrupción,
el cual realizará las adecuaciones normativas para el establecimiento del
Sistema Estatal Anticorrupción.
Asimismo, reconoce las disposiciones establecidas en la Ley
General de Responsabilidades Administrativas sobre la obligación de todos los
servidores de hacer sus declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal (tres
de tres).
La iniciativa para expedir la Ley del Sistema Estatal
Anticorrupción de Yucatán y modificar el Código de la Administración Pública
crea al Comité Coordinador, como máxima autoridad del Sistema, encargado de la
aprobación y evaluación de la política local en la materia.
De igual manera, se crea el Comité de Participación
Ciudadana, conformado por cinco personas, quienes serán electas a través de una
comisión de selección, cuyos integrantes serán designados por el Congreso del
Estado.
Este Comité va a tener por objeto central opinar sobre los
instrumentos técnicos y la política en materia de combate a la corrupción. Su
presidente será quien encabece también el Comité Coordinador de todo el
Sistema.
Para el fortalecimiento institucional y la elaboración de
los insumos operativos necesarios para instaurar el Sistema Estatal, se creará
un organismo público descentralizado, con autonomía y personalidad propia,
denominado Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción.
Para homologar las fechas de presentación de la cuenta
pública con lo establecido en las Constituciones federal y local, para adecuar
los procedimientos requeridos por la Carta Magna, así como aumentar y
fortalecer las atribuciones de la Auditoría Superior de la entidad, se propone
la iniciativa para expedir la Ley de Fiscalización de la Cuenta Pública y
modificar la Ley del Presupuesto y Contabilidad Gubernamental.
En ese sentido, bajo la premisa de establecer la
organización, integración y funcionamiento del Tribunal de Justicia
Administrativa como un organismo constitucional autónomo, se incluye su
propuesta de Ley Orgánica y otra para modificar la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Yucatán, cuyo objeto es escindir la materia
administrativa de este último.
Por otra parte, se actualiza la denominación y orden del
título decimotercero del libro segundo del Código Penal local, que pasa a
“Delitos por hechos de corrupción”, los cuales engloban en su catálogo los
referidos a enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias, de peculado y
cohecho.
Además, se agregan sanciones para los particulares que, en
su carácter de contratista, de permisionario, de asignatario, de responsable de
una concesión de prestación de un servicio público de explotación, de
aprovechamiento o del uso de bienes del dominio del Estado con la finalidad de
obtener una ganancia para sí o para un tercero, genere o utilice información
falsa o alterada respecto a sus beneficios o no entregue información que deba
otorgar.
Mediante una modificación a la Ley de la Fiscalía General
del Estado de Yucatán, se crea la Vicefiscalía Especializada en Combate a la
Corrupción, órgano responsable de la investigación y persecución penal de los
delitos por estos hechos.
A través de la propuesta para modificar el Código de la
Administración Pública de Yucatán en la misma materia, se adicionan facultades
a la Secretaría de la Contraloría General, entre las que destacan la denuncia
ante el Tribunal y la Vicefiscalía Especializada.
Finalmente, a través de la iniciativa para adecuar la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos, se armoniza la Ley a lo dispuesto
en la Ley General. Además, mediante la reforma a Ley de Gobierno del Poder
Legislativo del Estado de Yucatán, se actualiza el procedimiento de
nombramiento de los titulares de los órganos de control interno, como las Leyes
de la Comisión de Derechos Humanos, de Instituciones y Procedimientos
Electorales, y de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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