ARTICLE 19 lanza C.O.V.I.D., informe especial sobre libertad de expresión e información en la pandemia

Desde los inicios del brote, la libertad de expresión y el derecho a la información se convirtieron en una víctima más de la pandemia. En este conexto, ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica publica hoy el informe especial C.O.V.I.D. (Coronavirus, opacidad, violencia, impunidad y desinformación).

  • En México, ARTICLE 19 documentó alrededor de 120 agresiones contra la prensa del 12 de marzo al 16 de mayo de 2020, de las cuales 52 (43.3%) ocurrieron durante la cobertura de la pandemia.

Ciudad de México.- Desde los inicios del brote, la libertad de expresión y el derecho a la información se convirtieron en una víctima más de la pandemia. En este conexto, ARTICLE 19 Oficina para México y Centroamérica publica hoy el informe especial C.O.V.I.D. (Coronavirus, opacidad, violencia, impunidad y desinformación).

Países como México, Honduras, El Salvador y Guatemala, que tienen gobiernos democráticos, éstos mostraron un preocupante recelo ante el escrutinio público y el reconocimiento del acceso a la información pública, cuestionando un sinnúmero de veces la capacidad de la prensa para hacer su trabajo.

En México, ARTICLE 19 documentó alrededor de 120 agresiones contra la prensa del 12 de marzo al 16 de mayo de 2020, de las cuales 52 (43.3%) ocurrieron durante la cobertura de la pandemia. 

En el marco de una emergencia sanitaria en la que el acceso a la información es una necesidad, las agresiones contra periodistas representan una vulneración de los derechos de las y los mexicanos.

Como en otros países de la región, en México, las autoridades también han aprovechado la crisis como una excusa para agredir a periodistas. El 69.2% de las agresiones durante la cobertura de la pandemia (es decir, 36) fueron cometidas por funcionarios públicos.

Además, individuos en general, han retomado el discurso estigmatizante para intimidar y evitar la cobertura de su propio manejo de la emergencia sanitaria. Así, particulares cometieron el 19.2% de las agresiones en la cobertura e la pandemia.

La falta de voluntad de las y los funcionarios públicos de diversos niveles de gobierno en los cuatro países, antes mencionados, para hacer llegar información útil a las poblaciones más vulnerables (principalmente las comunidades indígenas) y el recrudecimiento de la polarización son una fórmula fatal para el ejercicio de las libertades democráticas en este contexto.

Por otra parte, en Cuba, la falta de cualquier tipo de libertad democrática (expresión, asociación e información), conjugada con la precariedad a la que se enfrenta la población, hace casi imposible el escrutinio de la gestión del Estado en el marco de la contingencia, lo que incrementa los niveles de riesgo a los que se enfrenta la prensa al hacer su trabajo y limita el acceso a información de interés público que necesita la población para decidir sobre su salud y su futuro.

Este informe intenta recuperar las violencias, retos y obstáculos que viven el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información en el marco de la pandemia, en México, Guatemala, Honduras, El Salvador y Cuba. Asimismo, analiza el rol del Estado y los gigantes tecnológicos, como Google o Facebook, en esta materia y advierte, también, sobre las distintas amenazas a las que se enfrentan las poblaciones en caso de que todos estos procedimientos se conviertan en la regla y no en la excepción.

Finalmente, el informe formula una serie de recomendaciones a gobiernos, plataformas digitales, medios de comunicación, periodistas y sociedad en general, que habrán de ser consideradas a fin de garantizar el ejercicio efectivo de la libertad de expresión y el derecho a la información.

RECOMENDACIONES DE ARTICLE 19

Recomendaciones sobre el ejercicio del derecho a la información

A los Estados nación

1. Garantizar a todas las personas el acceso a información clara, oportuna y significativa, apegándose a la máxima publicidad. Asimismo, poner especial énfasis en las comunidades y pueblos indígenas, para no excluirlos del ejercicio de sus derechos.

2. Priorizar la información relativa a los derechos de la ciudadanía, así como a sus deberes y obligaciones, en un contexto de emergencia sanitaria. Garantizar la disponibilidad en todos los formatos para todas las personas, especialmente aquellas con acceso limitado a internet o con alguna discapacidad.

3. Abstenerse de restringir el derecho al acceso a la información bajo cualquier parámetro y, por el contrario, garantizar el derecho de buscar, recibir, solicitar y difundir información de toda índole, dando prioridad relativa al derecho a la salud de las personas.

4. Garantizar que funciones esenciales para la vida democrática del país, como el derecho a la información, el acceso a la justicia y las actividades legislativas, no se paralicen y continúen en marcha para su fortalecer su ejercicio.

5. Reconocer, desde todos los ámbitos públicos, la esencialidad del trabajo periodístico y la necesidad imperiosa de la labor informativa en medio de la pandemia. La estigmatización de la prensa figura como una forma de amenaza política que debe de erradicarse, ya que sus consecuencias pueden afectar directamente el derecho a la información al deslegitimar a los medios y periodistas que difunden información.

6. Asegurar que el gobierno federal y los gobiernos estatales tengan una mayor y mejor coordi- nación a la hora de recopilar información y compartirla con la población. De igual forma, se recomienda que todos los gobiernos de todos los niveles coloquen en sus páginas oficiales toda la información referente al COVID-19, además de difundirla de diversas formas, por dis- tintos medios de comunicación y en todos los formatos, para llegar a toda la población.

7. Hacer un uso correcto y responsable de las campañas de comunicación social y de los men- sajes extraordinarios, para garantizar que la información con fines educativos, sociales y de interés público referentes a la emergencia sanitaria sea difundida, en México, por todas las dependencias de la administración pública federal, dando prioridad a las audiencias más alejadas y marginadas en el país.

8. Implementar una política de conectividad que asegure el acceso a internet de todas y de to- dos, sobre todo en contextos de emergencia sanitaria, cuando impera especialmente la necesidad del derecho a la información y a la salud. Una política de conectividad efectiva requeriría el cumplimiento de elementos esenciales, como: 
i) el México, fortalecimiento de las redes comunitarias que permitan la disponibilidad de internet en las comunidades indígenas y rurales; 
ii) aprovechar la infraestructura pública para ampliar la gratuidad del acceso a internet; 
iii) incrementar la banda ancha en donde actualmente se desarrollan proyectos de conectividad; 
iv) crear incentivos para que los proveedores de acceso a internet aumenten los paquetes de datos; 
v) proporcionar o subsidiar medios de acceso a datos y dispositivos; 
vi) asegurar la conexión gratuita a los sitios web de información del gobierno, instituciones de salud pública y fuentes internacionales expertas en salud, para que las personas no tengan que utilizar los planes de datos comerciales.

9. Abstenerse de utilizar figuras penales amplias y ambiguas que aún subsisten para combatir la desinformación y que deriven en la criminalización de expresiones legítimas protegidas por el derecho internacional de los derechos humanos.

A los medios de comunicación

1. Garantizar el derecho a la información de la sociedad emitiendo información verificada y en formatos accesibles para todas las personas.

2. Abstenerse de difundir información no oficial o no verificada que pueda ocasionar confusión o pueda poner en peligro a la sociedad.

3. Generar información en formatos accesibles para todas las personas, en especial, para las comunidades y pueblos indígenas.

Recomendaciones en materia de libertad de expresión y violencia contra la prensa

A los Estados nación

1. Abstenerse de usar un lenguaje violento que coloque al periodismo en una situación de mayor vulnerabilidad ante las agresiones de terceros.

2. Reconocer públicamente, desde todos los ámbitos y niveles de gobierno, la importancia que tiene la labor periodística para fortalecer y robustecer el debate público en un contexto de contingencia sanitaria.

3. Condenar públicamente las agresiones que han sufrido los periodistas críticos por parte de mandatarios a consecuencia de haber cuestionado su respuesta ante el COVID-19.

4. Crear, en todas las instancias del Estado, las condiciones sanitarias adecuadas durante las conferencias de prensa para prevenir cualquier contagio, de conformidad con los ministerios de salud y la Organización Mundial de la Salud.

5. Garantizar que los mecanismos de protección a personas defensoras y periodistas, en el contexto mexicano y hondureño, dispongan de todos los recursos humanos, técnicos y financieros para continuar sus operaciones durante la contingencia contando con las medidas necesarias de prevención de contagios.

6. Instar a la Fiscalía de Derechos Humanos y a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión a no detener las investigaciones judiciales necesarias para reducir el inaceptable índice de impunidad que tienen los crímenes contra la libertad de expresión en México y generar condiciones para que los organismos de procura- ción de justicia puedan efectuar su labor de la manera más eficaz posible en medio de la pandemia.

A los medios de comunicación

1. Desarrollar, de conformidad con el Plan de Acción de Naciones Unidas sobre la Seguridad de Periodistas y la Cuestión de la Impunidad y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, estrictos protocolos sanitarios para prevenir contagios en las salas de redacción y para apoyar a las y los periodistas que puedan resultar contagiados.

2. Duplicar esfuerzos para verificar la veracidad de la información que publican o difunden en el contexto de la cobertura periodística de la pandemia.

3. Incluir dentro de sus planes empresariales para enfrentar la pandemia la protección del empleo y los derechos laborales de las y los periodistas.

Recomendaciones sobre el despliegue de recursos tecnológicos para afrontar la pandemia y otras crisis similares en el futuro

A los Estados nación y empresas que desarrollan tecnologías de monitoreo y vigilancia

1. Incluir la privacidad por diseño en el desarrollo de las tecnologías de monitoreo, partiendo de la voluntariedad o consentimiento informado de la entrega de datos.

2. Minimizar los datos que las herramientas recaban.

3. Dar a conocer de manera clara, sencilla y coloquial, mediante un aviso de privacidad, qué datos se recaban, cuál es el propósito de su recopilación, quién es responsable de resguardarlos y bajo qué términos se pueden compartir los datos personales con terceros.

4. Permitir que las personas usuarias gestionen la configuración de privacidad de la herramien- ta en todo momento.

5. Anonimizar los datos personales y disociarlos de sus titulares.

6. Rendir informes de transparencia a la ciudadanía respecto al uso que se les da a los datos personales, así como sobre la utilidad, pertinencia y continuidad de la herramienta desarrollada para enfrentar la crisis.

7. Entregar datos personales sensibles a las autoridades sólo por orden judicial.

8. Notificar a la persona usuaria en caso de que las instituciones del Estado soliciten su información.

9. Compartir los datos masivos —siempre que estén anonimizados y abiertos— con la ciudadanía, ya que el “big data debe estar supeditado a reglas democráticas: debe ser un bien común al servicio de la ciencia e innovación ciudadanas y no un bien privativo de gobiernos y corporaciones”.274

Recomendaciones en materia de moderación de contenidos

A las plataformas digitales

1. Asegurar que sus términos de servicio sean precisos y adecuados a los estándares de legalidad establecidos por las leyes internacionales de derechos humanos.

2. Cualquier disposición que limite el contenido en línea o los derechos de las personas debe ser transparente y estar debidamente detallada en sus términos de servicio.

3. Asegurar garantías mínimas de debido proceso cuando emprendan acciones restrictivas, como la eliminación de contenidos o el bloqueo de cuentas, sobre todo, mediante la notifica- ción a las personas sujetas a tales acciones, brindándoles mecanismos efectivos de apelación.

4. Implementar acciones para 1) promover contenidos confiables (de fuentes autorizadas y ve- rificadas por el Estado y organismos de salud internacionales) y proporcionar los respectivos enlaces de acceso, 2) restringir la viralidad o amplitud de la escala en que las publicaciones son compartidas, 3) fijar advertencias o etiquetas al contenido no verificado y 4) aplicar es- trictamente las políticas de pautas publicitarias.

5. Alentar un compromiso positivo del público respecto a las medidas de contención sanitaria, fomentar las contranarrativas frente a la desinformación y mostrar a las personas los efectos de publicar contenido potencialmente dañino para las y los demás, a través de la implementación de sus tecnologías.

6. Dar a conocer, mediante reportes periódicos de transparencia completos y con suficiente desagregación de la información, cuántas remociones de contenido y suspensiones de cuen- tas se practicaron durante el periodo, cuántas de estas intervenciones partieron de la imple- mentación de algoritmos sin revisión humana y cuántas fueron revertidas.

7. De existir alianzas entre las empresas y otros organismos, las plataformas digitales deben de clarificar el alcance de estas relaciones y asegurar que tales acuerdos promuevan los estándares internacionales relacionados con la libertad de expresión.
8. Preservar los datos de la información eliminada durante la pandemia de COVID-19 y propor- cionar en el futuro acceso a periodistas y personas investigadoras para su estudio, salva- guardando la privacidad y la protección de los datos personales en todo momento.

272 Lovett, Adrian, “The web can help more in the fight against COVID-19. Here’s what we must do”, World Wide Web Foundation, 26 de marzo de 2020, https://webfoundation.org/2020/03/the-web-can-help-more-in-the-fight- against-COVID-19-heres-what-we-must-do/
273 Sequera Buzarquis, Maricarmen, “Las emergencias no deberían...”, op. cit.; “Análisis de la App COVID-19MX..., op. cit. [133]
274 “Crisis sanitaria: es tecnológicamente posible...”, op. cit. 275 ARTICLE 19, Mentiras virales..., op. cit., pp. 14-18

No hay comentarios.

Publicar un comentario

© all rights reserved
Hecho con