Rechaza SNTE cuantificar en UMAs pensión jubilatoria otorgada por el ISSSTE

Rechaza SNTE cuantificar en UMAs pensión jubilatoria otorgada por el ISSSTE

Rechaza SNTE cuantificar en UMAs pensión jubilatoria otorgada por el ISSSTE

  • Resolución de la SCJN afecta derechos laborales y bienestar de trabajadores; hará defensa colectiva de los agremiados

Ciudad de México.- El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) iniciará in proceso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y otros organismos internacionales tras la determinación de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mediante la cual se establecieron topes máximos de la pensión de jubilados del ISSSTE en 10 UMA, informó el secretario general Alfonso Cepeda Salas.

Aseveró que tras el dictamen de la SCJN el SNTE hará defensa colectiva como representante legal y legítimo de agremiados, basada en la fuerza de su carácter unitario, por lo que rechazó “el oportunismo de distintos despachos jurídicos y grupos de abogados privados quienes pretenden manipular a trabajadores para iniciar procesos individuales ante la resolución de la SCJN, a sabiendas de que dicha resolución es inatacable”.

Subrayó que el sindicato defenderá la jubilación en salario mínimo; no en UMA para quienes permanecen en el régimen de pensión vitalicia, acogidos al Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE.

Además, señaló que el SNTE impulsará ante el Ejecutivo y el Legislativo una reforma que evite parámetro de la SCJN de UMA en pago de pensiones Memorándum y restablezca indexación de monto a salarios mínimos-

Manifiesto SNTE

El Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación (SNTE), rechaza a través de un manifiesto la determinación de la Suprema Corte de Justica de la Nación, mediante la cual fijó en diez Unidades de Medida de Actualización (UMA) el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Los trabajadores que en la Reforma a la Ley del ISSSTE del 2007—decidieron permanecer en el régimen de pensión vitalicia, se acogieron al Décimo Transitorio de dicha reforma, porque allí se establecía con claridad que el límite superior de las pensiones equivaldría a diez salarios mínimos, esta fue la definición clave sobre la que siguieron realizando sus respectivas cotizaciones.

La reciente determinación de la SCJN afecta tanto los ingresos como los derechos humanos y laborales adquiridos de los trabajadores y jubilados, quienes cotizan y cotizaron bajo el régimen de pensión vitalicia, dicha determinación termina atendiendo a criterios económicos, financieros e incluso políticos, en lugar de respetar los derechos y el bienestar de los trabajadores.

La misma determinación, es contraria a la jurisprudencia laboral 2020651, publicada en septiembre de 2019, en la cual la SCJN establecía que “la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario, incluso para generarla y pagarla se atiende al fondo constituido durante la vida activa laboral, mediante aportaciones de salario, topadas a la cantidad de diez veces el salario mínimo, es claro que esta prestaciones laboral”.

Además, contraviene principios básico de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, así como diversos Convenios y Recomendaciones referidas a la seguridad y justicia social emitidas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como disposiciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el sentido de que las pensiones deben tener cono referencia el salario.

El SNTE mantendrá la defensa de sus agremiados -activos y jubilados- iniciando de inmediato un proceso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante todo organismo  internacional en donde sea necesario hacerlo, para demandar que se respeten las disposiciones originales del Décimo Transitorio de la reforma del ISSSTE del 2007 y lograr que prevalezca el concepto de salarios mínimos para la determinación de los límites de la pensión por jubilación.

El SNTE fortalecerá su diálogo y negociaciones con diversos órganos del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, para seguir impulsando la reforma de pensiones que ya se le presentó al Gobierno de la República, así como lograr modificaciones que:

a) Precisen la equivoca interpretación de la reforma que instituyó la UMA como parámetro del pago y que no se incluye en las pensiones.

b) Restablezcan la indexación del monto de las pensiones a los incrementos del Salario Mínimo; y

c) Promueva cambiar al régimen de pensiones que fortalezcan la viabilidad del ISSSTE como institución de estado y se garanticen los derechos y el bienestar de los trabajadores al servicio del estado.

Tenemos claro que el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador está impulsando políticas para el bienestar de todo el pueblo de México, y que se ha pronunciado en diferentes ocasiones a favor de los trabajadores, así como de los jubilados, es un acto de justicia que las pensiones se paguen conforme al Salario Mínimo y no en la Unidad de Medida y Actualización.

El SNTE defenderá los derechos de todos sus afiliados ante los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, así como ante instancias internacionales. Realizará una defensa de carácter colectivo, ejerciendo la representación del conjunto de trabajadores y jubilados afiliados al SNTE, una defensa legítima y viable, basada en la fuerza de su carácter representativo y unitario.

El SNTE rechaza el oportunismo de distintos despachos jurídicos y grupos de abogados privados quienes pretenden manipular a trabajadores para iniciar procesos individuales ante la resolución de la SCJN, a sabiendas de que dicha resolución es inatacable.


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