Vacaciones Dignas: pasará de 6 a 12 días de vacaciones pagadas al cumplir el año

Se trata de dar más tiempo libre y desarrollo personal para los trabajadores: Verónica Camino

Vacaciones Dignas: pasará de 6 a 12 días de vacaciones pagadas al cumplir el año
Senadora Verónica Camino Farjat | Cortesía

  • Posteriormente, ese período se incrementará dos días laborales en los siguientes años subsecuentes, hasta llegar a 20, y a partir del sexto año, se aumentarán dos días más por cada cinco años de servicios”, subrayó.
  • Ahora corresponderá a la Cámara de Diputados discutirla y aprobarla, y de ser así posteriormente se turnará al jefe del Ejecutivo para que se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México.- Con la aprobación, por unanimidad, en el Senado de la República de la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones dignas, los trabajadores y trabajadoras pasarán de seis días de vacaciones pagadas al cumplir un año de servicios a 12 días.

Esto es el primer paso para garantizar a las personas tiempo libre para el desarrollo de la vida personal, pues ahora corresponderá a la Cámara de Diputados discutirla y aprobarla, señaló la senadora, Verónica Camino Farjat.

Explicó que, de aprobar la LXV Legislatura las reformas turnadas, luego se pasarán al jefe del Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Destacó que la aprobación, que se dio con los votos a favor de los Senadores de las fracciones parlamentarias que integran el Senado de la República, es el reflejo del respaldo a la clase trabajadora, para saldar una deuda histórica, en el sentido de garantizarles la plena garantía de sus derechos laborales como es tener un descanso suficiente.

En ese sentido, Camino Farjat precisó que la iniciativa aprobada señala que las personas trabajadoras, sujetas a la Ley Federal del Trabajo, y que tengan más de un año laborando, tendrán derecho a un período anual de vacaciones pagadas, de forma continua, que no podrá ser menor a 12 días.

--“Posteriormente, ese período se incrementará dos días laborales en los siguientes años subsecuentes, hasta llegar a 20, y a partir del sexto año, se aumentarán dos días más por cada cinco años de servicios”, subrayó.

Con esto, dijo, damos un cambio a una Ley que, promulgada en 1970, que ya no era acorde a las condiciones económicas actuales, sin dejar de reconocer que el trabajo es uno de los componentes importantes para una vida plena, pero también se requiere de tiempo libre para el desarrollo personal.

Verónica Camino apuntó que como representantes populares tienen el compromiso de respaldar reformas que den bienestar a las personas, y las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones dignas, era de suma importancia para que los mexicanos tengan un pleno desarrollo, tanto laboral como personal.

Periodo vacacional

Actualmente los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.

Después del cuarto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios.

La tabla a continuación nos muestra la forma en que son otorgados el periodo de vacaciones

Año 1: 6 días

Año 2: 8 días

Año 3: 10 días

Año 4: 12 días

De 5 a 9 años: 14 días

De 10 a 14 años: 16 días

De 15 a 19 años: 18 días

De 20 a 24 años: 20 días

De 25 a 29 años: 22 días

De 30 a 34 años: 24 días.

Y de acuerdo al Artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo, las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.

Durante el periodo de vacaciones el patrón deberá de cubrir el salario ordinario que comúnmente perciben los trabajadores durante los días que disfrute las vacaciones.

Adicionalmente se le deberá cubrir al trabajador una prima vacacional equivalente al 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.

Las vacaciones jamás se deberán de compensar con remuneración alguna, es decir se tiene que otorgar el periodo a disfrutar.

En caso de que la relación de trabajo termine antes de que se cumpla el año de servicios, el trabajador tendrá derecho a solicitar una remuneración proporcional al tiempo de servicios prestados.

Los patrones tienen la obligación de entregar anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella el período de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo.

No hay comentarios.

Publicar un comentario

© all rights reserved
Hecho con