Interpondrá INAI controversia constitucional ante la SCJN ante objeción presidencial

AMLO objetó el nombramiento de quienes habían sido designados por el Senado de la República

Interpondrá INAI controversia constitucional ante la SCJN ante objeción presidencial

  • Por unanimidad, las Comisionadas y los Comisionados del INAI instruyeron al Director General de Asuntos Jurídicos interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación dicho medio de control constitucional

Ciudad de México.- El Instituto Nacional de Trasparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) determinó presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por la falta de nombramiento de integrantes del Pleno.

Este miércoles, en sesión extraordinaria, las Comisionadas y los Comisionados del INAI aprobaron, por unanimidad, el acuerdo mediante el cual se instruyó al Director General de Asuntos Jurídicos interponer ante el máximo tribunal dicho medio de control constitucional.

La determinación del Pleno se dio tras la noticia de la objeción presidencial del nombramiento de quienes habían sido designados por el Senado de la República como integrantes de este organismo garante, en su sesión pública del primero de marzo pasado.

A ello, se suma que el próximo 31 de marzo concluye su encargo el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, por lo que Pleno del INAI quedaría solo con cuatro integrantes, es decir, sin el quórum necesario para sesionar, pues el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública establece lo siguiente:

“Las sesiones del Pleno solo serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco Comisionados, incluyendo al Comisionado Presidente”.

Entre los argumentos medulares de la controversia constitucional, destacan que la falta de nombramiento de dos personas como integrantes del Pleno, desde el día primero de abril de 2022, vulnera de manera directa el diseño institucional que la Constitución establece para este órgano autónomo y trasgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza.

Se expuso también que la falta de nombramiento de la persona que debe integrar el Pleno a partir del primero de abril de 2023– por la conclusión del encargo del Comisionado Acuña Llamas – podría generar su inhabilitación para sesionar válidamente y, con ello, incumplir con el mandato que la Constitución le encomienda, trasgrediendo los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, en perjuicio de todas y todos los mexicanos

En su mensaje, la Comisionada Presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena, afirmó que la defensa y promoción de los derechos humanos que tutela el INAI no es una opción para la democracia mexicana, sino un imperativo irrenunciable, del que somos corresponsables todos los sectores de la sociedad.

“Tenemos la certeza de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación hará efectiva su función jurisdiccional, para preservar el sistema de pesos y contrapesos del Estado mexicano. El INAI es un órgano imprescindible para la democracia mexicana: coadyuva en el combate a la corrupción, fortalece la integridad del servicio público, facilita una gestión efectiva de los recursos nacionales, posibilita un control ciudadano al poder, consolida nuestro Estado de Derecho y salvaguarda dos derechos humanos fundamentales que permiten a las personas ejercer otros derechos con libertad”, resaltó.

A su vez, la Comisionada Norma Julieta del Río Venegas señaló que los órganos autónomos incompletos e imposibilitados para realizar sus funciones constitucionales afectan el sistema de equilibrios que se ha construido en México, de los que el INAI es parte, y que son claves para garantizar el Estado de Derecho, como son los Sistemas Nacionales de Transparencia (SNT) y Anticorrupción (SNA); por ello, dijo, se debe de apostar a la generación de acuerdos entre instituciones.

“La administración pública está conformada por instituciones. Sigamos luchando por un Estado legal donde todas y todos tengamos garantizadas nuestras libertades informativas y la protección de la privacidad (…) No se cierran las puertas del INAI, hay que aclararlo, la desinformación también afecta estos derechos. No se cierra el INAI, simplemente no podríamos resolver los recursos que los ciudadanos interponen ante las negativas”, expresó. 

En su turno, el Comisionado Adrián Alcalá Méndez dejó claro que, aunque el INAI no pueda constituirse como Pleno, no dejará de trabajar ni un solo día; el Instituto seguirá recibiendo, turnando y sustanciando las quejas que presenten las personas tanto en el sector público, como privado, y también continuará promoviendo políticas de transparencia proactiva, gobierno abierto, datos abiertos, datos personales, entre otras atribuciones.

“Reafirmo y estoy seguro, hablo también por mis compañeras y compañero, de que seguiremos dando nuestro máximo empeño día tras día. El INAI no es solamente el Pleno, y aunque es evidente que este es un reto para toda la familia INAI, estoy seguro de que, con su profesionalismo, saldremos adelante para que los derechos de las y los mexicanos se vean lo menos afectados y sigamos siendo un referente internacional en las materias que tutelamos”, destacó.

En su momento, la Comisionada Josefina Román Vergara explicó que, ante la inminente falta de quórum legal en el Pleno del INAI, la institución seguirá trabajando bajo los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad, y seguirá participando en los diversos Sistemas Nacionales de los que forma parte.

“Estimamos que la presentación de una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación evitará dejar a las y los mexicanos sin la posibilidad de ejercer estos dos derechos humanos (de acceso a la información y de protección de datos personales), porque una vez que el sujeto obligado atienda o no atienda o atienda mal o incompleta una solicitud DAI, o ejerza derechos ARCO en materia de datos personales, cuando no le satisface la respuesta al particular, justo es que viene con nosotros, y lo que hemos hecho nosotros es resolver siempre bajo estos principios que establece la Constitución y la legislación de la materia”.

Durante su intervención, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas enfatizó que el INAI llevará a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la situación del Instituto, que resulta preocupante, considerando que la probable interrupción de la garantía de dos derechos fundamentales generaría el quebranto del orden político y dejaría en condición de desamparo a la ciudadanía.

“Llevaremos a la Corte, al examen constitucional, una situación de omisión, porque llegar al 31 de marzo impediría que hubiera un Pleno inmediato posterior, al menos cabe hacer la advertencia jurídico-política prevista, para que no quede en nosotros la gravísima responsabilidad de la interrupción de las condiciones para que el ejercicio de los derechos encuentren la satisfacción”, subrayó.

Al exponer los motivos de la controversia constitucional, el Director General de Asuntos Jurídicos, Gonzalo Sánchez de Tagle, planteó que la ausencia de nombramientos de personas Comisionadas de este Pleno podría generar vulneraciones y afectaciones a las facultades que la Constitución encomienda a este Instituto.

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