INE reitera a AMLO abstenerse sobre temas electorales

Piden se informe al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República

INE reitera a AMLO abstenerse sobre temas electorales

  • Las medidas emitidas no son censura ni persecución sino la vigilancia del cumplimiento a los límites que impone la Constitución, especialmente a los servidores públicos: Rita Bell
  • Ordenan a Santiago Creel, Xóchilt Gálvez, Beatriz Paredes, Jorge Luis Preciado y Enrique de la Madrid retirar publicaciones en redes sociales con frases alusivas a la aspiración presidencial

Ciudad de México.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó nuevamente al presidente Andrés Manuel López Obrador de abstenerse de hacer manifestaciones o comentarios sobre temas electorales, en cualquier modalidad o formato, para asegurar su imparcialidad y neutralidad.

Al declarar procedentes las medidas cautelares solicitadas por los partidos PAN y PRD, se ordena el retiro de un extracto de la mañanera del miércoles pasado, donde el mandatario presentó dos encuestas favorables al partido Morena.

Claudia Zavala, presidenta de esta Comisión, aludió a la ética de los servidores públicos para “no generar tensión” que ponga en riesgo a la contienda que iniciará en septiembre próximo, y al igual que la consejera Rita Bell, dijo que las medidas emitidas no son censura ni persecución sino la vigilancia del cumplimiento a los límites que impone la Constitución, especialmente a los servidores públicos.


Zavala subrayó que es delicado que el jefe del Ejecutivo se manifieste como sabedor de las anteriores órdenes emitidas por las autoridades electorales y les pida “entendimiento”.

Respondió que tanto el INE como el Tribunal Electoral solo están aplicando lo que dice la Constitución y la ley, precisamente reformadas, en 2007, por reclamos de afectación a la equidad que presentó López Obrador un año antes, entonces candidato presidencial.

“No hay ninguna censura de libertad de expresión, lo que se está aplicando es el cumplimiento del deber de un funcionario púbico de alto nivel…Aquí también vale la pena el llamado a esa responsabilidad ética que tenemos los servidores y servidoras públicas, es nuestra responsabilidad la armonía y la paz social”, recalcó.

La consejera López Vences mencionó que los parámetros de lo que no se puede hacer en materia de comunicación son significan una persecución del INE.

“Me uno a este llamado a lo que dice la Constitución, y también ya hemos determinado y ya hemos hecho una serie de referencias de la forma en que debería ser esta comunicación, los límites que tiene”, expuso.

El acuerdo aprobado hoy es el décimo emitido por la Comisión de Quejas del INE relacionado con manifestaciones del funcionario, de los cuales seis fueron confirmadas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), dos se revocaron y dos más están en trámite en esa máxima instancia.

Zavala recordó al respecto que las autoridades electorales no tienen facultades para sancionar servidores públicos, y solo se da vista al superior jerárquico, aunque esta opción no existe cuando se trata del presidente de la República, dado que es la máxima figura en el servicio público.

Por tanto, el alcance es que se informe de las resoluciones, en este caso, al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República, para que “asuma una actitud frente a estas circunstancias que estamos viviendo en la materia electoral”.

Señaló entonces que nuestro sistema tendrá sentido en la medida que funcione.

Indicó además que la comisión que preside emite medidas cautelares, pero falta la investigación de los hechos denunciados y, en su momento, la decisión de fondo del Tribunal Electoral.


Aspirantes del Frente Amplio por México deberán bajar publicaciones de diferentes redes sociales

Los partidos Verde Ecologista de México (PVEM) y Morena, y dos ciudadanos denunciaron a los dirigentes nacionales de los institutos políticos de Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), así como a las 12 personas aspirantes a ser el o la responsable del Frente Amplio por México, por diversas acciones que, a decir del quejoso, atentan contra la equidad en la contienda de cara al proceso electoral 2024.

En un análisis preliminar, la Comisión ordenó a Santiago Creel, Xóchilt Gálvez, Beatriz Paredes, Jorge Luis Preciado y Enrique de la Madrid el retiro de las publicaciones alojadas en la red social Twitter (ahora conocida como “X”),  Facebook y TikTok, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración, pues el hecho de que contengan frases, alusiones y aspiraciones relativas a la Presidencia de la República o a una probable candidatura, desde una óptica preliminar, hace que se pudieran configurar los actos anticipados de precampaña y/o campaña.

La Comisión determinó como procedente adoptar medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva luego que, desde una óptica preliminar, existen elementos que apuntan a que los mensajes vertidos en las publicaciones denunciadas son dirigidos a la ciudadanía en general, por lo que el colegiado ordenó a los denunciados que los actos que ejecuten en relación con el denominado Frente Amplio Va por México y, en particular, a la figura de Responsable de la Construcción del Frente Amplio por México, en todo tiempo, se ajusten a los recientemente aprobados Lineamientos Generales para regular y fiscalizar los Procesos, Actos, Actividades y Propaganda realizados en los procesos políticos, emitidos en cumplimiento de lo ordenado en la sentencia SUP-JDC-255/2023 y SUP-JE-1423/2023. 

Improcedente ordenar el retiro de una publicación de Gustavo de Hoyos en Facebook

El colegiado consideró improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por Morena contra Gustavo Adolfo de Hoyos Walther, por manifestaciones dadas a conocer en redes sociales y para que se abstenga de realizar actos anticipados de precampaña y campaña, así como todo acto que atente contra los principios de equidad e imparcialidad en la contienda.

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