La Constitución no es un texto, es un lugar donde convergen todas y todos

La Jurisdicción Constitucional, proceso para fortalecer a la misma carta magna

La Constitución no es un texto, es un lugar donde convergen todas y todos

Mérida, Yucatán.- Desde 1968 se concibe a la justicia constitucional como el conjunto de procedimientos de este carácter por medio de los cuales se encomendaba a determinados órganos del estado la imposición forzosa de los mandamientos jurídicos supremos a aquellos otros organismos que salen de sus límites constitucionales, aseguró Mario Humberto Aguilar Poot, profesor investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán (UADY).

Durante su participación en la mesa de trabajo “Justicia Constitucional” de las Jornadas Académicas como parte de las actividades rumbo al XVI Congreso Iberoamericano de Derecho Constitucional, organizado por la mencionada escuela, el abogado impartió la ponencia “La justicia constitucional y la jurisdicción constitucional de la libertad”.

Enfatizó que este tema, que corresponde a uno de los siete principios básicos del Derecho Constitucional, es eminentemente procesal del conjunto de garantías a través de las cuales busca fortalecer la protección de la misma constitución y, con ello, tutelar los derechos fundamentales de las personas, así como los derechos sociales, culturales económicos, políticos y ambientales.

“En ese sentido la jurisdicción constitucional de la libertad requiere un conjunto de procedimientos jurídicos específicos existentes en un país, para proteger los derechos fundamentales de las personas de un modo reforzado y expeditivo”, recalcó.

En el Auditorio Manuel Cepeda Peraza del Centro Cultural Universitario de la UADY, el maestro explicó que bajo esta concepción se debe de incluir a la jurisdicción constitucional de la libertad porque permite presentar un parámetro conceptual para analizar la eficacia de los mecanismos del control en la materia.

“El problema que enfrentan alguno de los países como Ecuador, Colombia y Argentina, en base a sus constituciones y con respecto a la eficacia de estos elementos, indica que existe una especie de soledad, de acuerdo de la justicia que no baja hacia los estados, hacia las personas cotidianas”, afirmó.

Aguilar Poot cuestionó qué está pasando en nuestro día a día y detalló que probablemente la explicación se encuentre en el propio diseño procesal y constitucional de las garantías constitucionales.

“Una garantía que no cumpla su finalidad filosófica únicamente queda como una simple garantía, en cuanto una que sí la cumpla transmuta, en mi opinión, a una verdadera jurisdicción constitucional de la libertad”, aseguró.

“La constitución no es un texto, es un lugar donde deben de converger todas y todos con independencia de su creencia religiosa, cultural, raza y sexo, con la finalidad de unificar criterios y poder bajar lo que realmente en una ocasión el derecho natural quiso intentar con el ser humano”, recalcó.

La Jornada Académica es impulsada por el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional y el Instituto de Investigaciones Jurídicas.

En esta mesa de trabajo también participaron Elisa García López, de la Universidad Autónoma de Chiapas, con la ponencia “Libertad de tránsito, migración y vicios de inconstitucionalidad”; Raúl Montoya Zamora de la Universidad Juárez del Estado de Durango con la ponencia “El Control de Convencionalidad de las Normas Constitucionales en México”, entre otros.

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