Proponen que elección de juzgadores sea mediante el voto directo, libre y secreto

Distribuyen iniciativas a diputados de la comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación

Proponen que elección de juzgadores sea mediante el voto directo, libre y secreto

Mérida, Yucatán.-  La comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso local inició el análisis de la iniciativa para reformar la Constitución Política del Estado en materia del Verdadero Acceso a la Justicia en Yucatán, que tiene como fin prever que la elección de juzgadores sea mediante el voto directo, libre y secreto.

La iniciativa, de la diputada Jazmín Yanelli Villanueva Moo, de la fracción parlamentaria de Morena, propone también que las Magistradas y Magistrados, Juezas y Jueces, percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo pero que no podrá ser mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente.

Busca reformar los párrafos primero, decimoprimero y el decimotercero del artículo 64 de la Constitución Política del Estado de Yucatán por la que se modifica al Poder Judicial del Estado, en materia de verdadero acceso a la justicia en Yucatán.

--“Artículo 64.- El Poder Judicial del Estado se deposita en el Tribunal Superior de Justicia, en el Tribunal de los Trabajadores al Servicio del Estado y de los Municipios, en los Juzgados de Primera instancia, en los Tribunales Laborales, y en los demás establecidos o que en adelante establezca la ley. La elección de las y los juzgadores del poder judicial será a través del voto directo, libre y secreto en los términos que disponga la ley. En el ejercicio de la función judicial, impartirá justicia con equidad, con perspectiva de género y con apego en los principios de igualdad, autonomía, imparcialidad, independencia, legalidad, objetividad y seguridad jurídica. El Poder Judicial deberá fomentar una capacitación continua en las juzgadoras y los juzgadores respecto a todo lo expresado en este artículo.

Las Magistradas y Magistrados del Poder Judicial del Estado durarán en el ejercicio de su cargo quince años, contados a partir de la fecha en que rindan el Compromiso Constitucional, y durante el ejercicio de su cargo podrán ser removidos en los términos que establezca esta Constitución y por las dos terceras partes del Pleno del Congreso del Estado.

Para esta iniciativa se solicitó la elaboración de una ficha técnica para dar continuidad al análisis.

En sesión de la comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación se llevó a cabo la distribución de la iniciativa para reformar el decreto de creación del Reconocimiento “Diputado Profesor Pánfilo Novelo Martín, del H. Congreso del Estado de Yucatán”, para la cual se solicitó elaborar una ficha técnica.

Por último, se aprobó el proyecto de dictamen de oficio enviado por la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión con el que remite la Minuta por la cual se interpreta el alcance del artículo tercero transitorio del “Decreto por el que reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” en materia de Guardia Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.

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