- La Sala Regional Xalapa del TEPJF declaró válidos las elecciones en Izamal, Hunucmá y Progreso, por lo que ya no habrá elecciones extraordinarias en esos municipios.
Mérida, Yucatán.- La presidenta de la comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, diputada Carmen González Martín, informó sobre la necesidad de nombrar el Consejo Municipal en Chichimilá antes del 31 de agosto para garantizar el orden y la certeza a la sociedad para el correcto funcionamiento del municipio, precio a las elecciones extraordinarias.
Este miércoles, en sesión de la comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, se continuó con el análisis de los oficios enviados por el Tribunal Electoral del Estado relativos a los recursos de inconformidad en los que se declara la nulidad de la elección de integrantes de los ayuntamientos de Chichimilá, Izamal, Hunucmá y Progreso.
Sin embargo, la Sala Regional Xalapa del TEPJF declaró válidos las elecciones en Izamal, Hunucmá y Progreso, por lo que ya no habrá elecciones extraordinarias en esos municipios.
En entrevista, el diputado Víctor Hugo Lozano Poveda explicó que, en este sentido, la facultad para conformar los Consejos la tiene el Legislativo, es decir, se realiza la propuesta a la comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación de las personas que integrarían los consejos, se dictaminaría y posteriormente, se aprueba en el Pleno del Congreso.
“Nosotros tenemos que garantizar que desde el primer minuto del primero de septiembre habrá una autoridad municipal administrativa encargada de los ayuntamientos, actuando con responsabilidad para dar no solo gobernabilidad, sino también estado de derecho a cada comuna”, dijo.
Solo habrá elecciones extraordinarias en Chichimilá
Cabe recordar que el pasado 14 de agosto, en sesión pública de resolución, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY) en el expediente RIN-010/2024 y su acumulado RIN-034/2024, que declaró la nulidad de la elección de integrantes del Ayuntamiento de Chichimilá y, en consecuencia, revocó la declaración de validez, así como, la constancia de mayoría y validez otorgada a la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).
El Pleno de la Sala llegó a tal determinación debido a que, como lo señaló el TEEY, fueron violentados los principios constitucionales de certeza y autenticidad de la elección, al romperse la cadena de custodia de paquetes electorales correspondientes a 8 casillas de las 13 que fueron instaladas el día de la jornada electoral.
Puesto que, no existen elementos que den convicción y seguridad jurídica de que tales paquetes electorales fueron resguardados de conformidad a los mecanismos de protección respectivos, ya que la documentación electoral no fue entregada a la autoridad correspondiente, además, al momento de su recolección por parte del Consejo Distrital, ésta no fue entregada por algún funcionario acreditado para ello; y se desconoce el tiempo en que los paquetes estuvieron sin vigilancia.
Tales actos trastocan de forma determinante las condiciones de validez de la contienda, ante la deficiencia en el blindaje electoral en ocho casillas de las trece instaladas; y consecuentemente, en los resultados del cómputo de la elección realizado por el Consejo Municipal, al igual que en la autenticidad del sufragio, por lo cual, se confirma la nulidad elección.
En la sesión pública celebrada este 14 de agosto, se resolvieron 46 medios de impugnación; 17 juicios de revisión constitucional electoral, 14 juicios ciudadanos, ocho juicios electorales y siete recursos de apelación.
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