Mérida, Yucatán.- Mediante el Decreto Número 85 que reforma,
deroga y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado
de Yucatán, publicadas hoy en el Diario Oficial, en Yucatán todas las
autoridades y organismos autónomos tienen la obligación de promover, respetar,
proteger y garantizar los derechos humanos.
En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar,
sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que
establezca la Ley, indica el documento firmado por el gobernador Rolando Zapata
Bello.
También queda prohibida toda discriminación por motivo de
raza, origen étnico, nacionalidad, género e identidad de género, edad,
discapacidades, condiciones de salud, social, económica o lingüística,
preferencias sexuales, identidad sexual, filiación, instrucción, religión,
ideología política, o cualquier otro que atente contra la dignidad humana, y
tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
Las niñas, niños y adolescentes no podrán ser objeto de
medidas que con la pretensión de ser correctivas, se fundamenten en causas
discriminatorias o que sean consecuencia de las actividades, las opiniones
expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus demás
familiares.
Por Ley el presupuesto de la COHDEY no podrá ser disminuido
respecto al del año inmediato anterior y se fijará anualmente, así como se
amplía el periodo de encargo del presidente para pasar de cuatro a cinco años,
a similitud del presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Desde ahora el Gobernador y el Congreso del Estado podrán
solicitar a la Comisión Nacional de Derechos Humanos la investigación de hechos
que constituyan violaciones graves de derechos humanos y requerir, a solicitud
de la CODHEY, la comparecencia de las autoridades o servidores públicos cuando
se hayan negado a aceptar o cumplir alguna recomendación emitida por el
organismo autónomo, a efecto de explicar el motivo de su negativa.

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