Mérida, Yucatán.-La instalación de una pantalla electrónica
gigante en uno de los balcones del Olimpo, que mira hacia la calle 62, podría
constituir una violación al Reglamento de Imagen Publicitaria y Anuncios del
Municipio de Mérida, y que, por demás, distrae a los conductores que transitan
por esa importante arteria del Centro Histórico de la Ciudad, aseveró el
regidor Enrique Alfaro Manzanilla.
Por lo menos, el Ayuntamiento estaría violando cuatro
incisos del Artículo 11 de ese reglamento: los incisos II, III, XIV, y XXV,
precisa el regidor del tricolor.
Dijo que el inciso II señala que no se puede instalar
material publicitario en “elemento del mobiliario no diseñado para tal fin” y
el III indica que está prohibido la publicidad que “genere contaminación visual
o utilicen la publicidad en detrimento de la imagen municipal o las
características arquitectónicas de las fachadas de los predios”.
¿Desde cuándo el balcón del Olimpo está hecho para los
anuncios? Colocar aparatos luminosos o anuncios afean la imagen urbana y son un
peligro para los peatones, remarcó.
Agregó que el inciso XIV del artículo 11 prohíbe instalar
anuncios publicitarios en edificios no diseñadas para soportar estructuras y
anuncios de conformidad con lo dispuesto por el reglamento de construcciones
del municipio de Mérida. Asimismo, el
inciso XXV, prohibe los anuncios que “se sujetan o instalan sobre rejas,
portones metálicos, herrerías de puertas, ventanas o balcones, ornamentos,
mufas, tuberías y demás elementos arquitectónicos no diseñados para soportar
anuncios cualquiera que sea su tipo”.
El regidor indicó que el Ayuntamiento estaría violando su
propio reglamento, dañando la imagen urbana del Centro Histórico, en este caso,
poniendo en peligro a la ciudadanía, pues “cuelga” un artefacto en el balcón de
un edificio del Centro Histórico, donde anuncia la cartelera de sus
espectáculos culturales.

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