Mérida Yucatán.- La
Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), informa a las personas físicas o
morales propietarias de instrumentos de
medición (básculas de bajo, mediano y alto alcance de medición, relojes
registradores de tiempo, bombas despachadoras de combustibles y taxímetros
entre otros), la obligación de calibrar los instrumentos que sean empleados
para la venta de productos o prestación de servicios.
El trámite puede realizarse en las oficinas centrales o de
las delegaciones y subdelegaciones de la Profeco en el país.
Por lo que podrás acudir a la Delegación Yucatán, ubicada en
calle 49 No. 479-A x 54 y 56 Centro, Mérida Yucatán, en un horario de 9:00 a
15:30 hrs. de lunes a viernes y, para mayor información a los teléfonos
923-97-35 923-23-23.
Así mismo y con el fin de modernizar y agilizar algunos
servicios que presta la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), la
dependencia puso en marcha una modalidad para el trámite de Calibración de
Instrumentos de Medición, a través del Sistema de Calibración vía electrónica
http://calibracion.profeco.gob.mx/. Herramienta que abatirá los tiempos de
atención y agilizará los trámites correspondientes.
Mediante este sistema se podrá solicitar la Calibración de
Instrumentos de Medición desde el hogar, oficina o desde cualquier lugar en
dónde se cuenta con una computadora y acceso a internet.
Como parte de los servicios ofrecidos por este sistema,
el Sistema de Calibración en línea se
encuentra vinculado o enlazado con “PROFECO-MULTIP@GOS” a efecto de que puedas
realizar el pago del servicio de calibración con cargo a: Cuenta de Cheques
BBVA-Bancomer, (para clientes de este banco), Cuentas de Cheques de cualquier
banco nacional (CLABE 18 dígitos) y/o tarjeta de crédito o débito.
Es por ello que la Profeco hace un llamado a los proveedores
a realizar el trámite de calibración obligatorio para obtener el Holograma de
Instrumento Verificado del año en curso y el Dictamen de Calibración.
Los requisitos son: presentar comprobante de pago y llenar
el Formato Profeco-00-003 Solicitud de Verificación para Ajuste por Calibración
de Instrumentos de Medición, que puede ser descargado desde la misma página de
internet. Ahí se deberá identificar el nombre del proveedor, razón social del
establecimiento, domicilio, número telefónico y correo electrónico; también se
debe indicar el tipo de solicitud que se requiera (inicial, periódica o
extraordinaria) y los datos del instrumento de medición a calibrar.
La lista de instrumentos de medición que son objeto de
calibración y verificación, así como las reglas para efectuarla, puede ser
consultada en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publicada en el
Diario Oficial de la Federación del 21
de octubre de 2002.
La Profeco reitera que este servicio sólo se proporciona a
aquellos instrumentos de medición que no se encuentren inmovilizados, bajo
alguna medida precautoria o sujetos a algún procedimiento administrativo en la
Profeco. El incumplimiento del trámite podrá generar la inmovilización de los
instrumentos de medición, así como el inicio de procedimientos administrativos
y sanciones económicas al proveedor.
Recuerda que un instrumento debidamente calibrado, mide
también la confianza de tus Consumidores.
No hay comentarios.
Publicar un comentario