- Suman ya 82 mil 823 servicios en favor de los pagadores de impuestos.
- De ellos, 18 mil 301 son quejas y 7 mil 771 son medios de Defensa Legal
- Para fines de 2015 se estima un crecimiento de 41% en los servicios prestados respecto al año anterior.
México, DF:- La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
(PRODECON) informó que, en los primeros nueve meses de este año, registró 82
mil 823 servicios; una cifra que ya superó los 80 mil 297 que se contabilizaron
en todo 2014. Las acciones en Queja, Representación Legal y Acuerdos
Conclusivos en favor de los pagadores de impuestos superan ya las del año
pasado.
El Ombudsman del Contribuyente al cierre de septiembre
cuenta con 55 mil 523 asesorías, con lo cual casi alcanza las 56 mil 147 que se
registraron en todo el año de 2014.
En el rubro de Quejas contra las autoridades fiscales, los
pagadores de impuestos han presentado al 30 de septiembre del presente año 18
mil 301 a nivel nacional; superando así en el tercer trimestre de 2015 el total
de quejas presentadas en 2014 que sumaron 17 mil 685. Dentro de las quejas ya
resueltas, hay un porcentaje de solución favorable para los contribuyentes de 81%, es decir, 8 de cada 10
inconformidades de los pagadores de impuestos se resuelven a su favor.
Adicionalmente, septiembre de 2015 ha sido el mes con más
Quejas ingresadas en los 4 años en los que ha operado la Procuraduría con un
total de 2 mil 367. PRODECON estima concluir 2015 con aproximadamente 25 mil
Quejas recibidas, lo cual implicaría un crecimiento de 41% en estos servicios
respecto al 2014.
Por otra parte, en sus funciones de abogado defensor
gratuito de los contribuyentes, en los primeros nueves meses del año, la
Procuraduría lleva interpuestos 7 mil 771 medios de defensa; en todo el 2014 se
registraron 5 mil 483 atenciones de representación legal.
Además, en el rubro de defensa legal, PRODECON logró en el
tercer trimestre del año que por unanimidad de los 11 magistrados que integran
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, se
declarara la nulidad de la Regla Miscelánea I.3.10.4 que ordena a las Afores
retener el 20% del ISR sobre la totalidad de los ahorros de los contribuyentes
al término de su relación laboral, reconociendo el derecho de los trabajadores
para que a los recursos obtenidos se les dé el tratamiento fiscal de sueldos y
salarios y no de ingresos esporádicos como lo señala dicha regla.
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