- Define INE criterios para el periodo de intercampaña
- Los candidatos sí pueden asistir a eventos privados, a reuniones en las que expongan temas generales y de interés público, siempre y cuando no llamen al voto
En sesión extraordinaria y en respuesta a la consulta
generada por los partidos Morena y del Trabajo (PT), la autoridad electoral
definió los criterios que serán aplicables a todos los sujetos obligados y,
además, serán notificados a todos los partidos políticos tanto federales como
locales y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).
El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello,
puso énfasis en las tres limitantes fundamentales aplicables a las candidatas y
candidatos electos por sus partidos o coaliciones, durante la intercampaña. En
primer lugar, “las y los candidatos no pueden aparecer en spots de los partidos
políticos. Esto es definitivo, está en la Ley”, subrayó.
La segunda limitante, agregó, es que “no pueden realizarse
actos públicos como mítines, marchas o asambleas que tienen la intención de
presentar ante el público a un candidato o candidata.”
La tercera, dijo Córdova Vianello, es respecto a la
permisión o no de la realización de debates en periodo de intercampaña, donde
los “aspirantes a un cargo de elección popular no pueden hacer un llamado
expreso al voto por sí mismos o su partido, o bien, en contra de algún otro
candidato o partido político”.
El presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos
Políticos del INE, Consejero Electoral Benito Nacif, señaló que la intercampaña
se define como el periodo que transcurre entre el día siguiente al que terminan
las precampañas y el anterior al inicio de las campañas.
En esta fase, agregó, los candidatos generan una interacción
para contrastar sus plataformas, sus ofertas, sus visiones de la problemática
nacional y sus propuestas específicas; pero eso no es obstáculo para que puedan
discutirlo con personas diferentes a candidatos. “Creo que esa parte sería la
correcta, mi punto central es no debates entre los candidatos.”
Por su parte, el Consejero Electoral Ciro Murayama, señaló
que si los debates están contemplados en la legislación como una actividad
propia de la campaña y la intercampaña es aquello que no es campaña, “entonces,
ni los actos públicos pidiendo el voto, ni los spots con gente que aparecerá en
la boleta, ni los debates son propiamente de la intercampaña”.
La Consejera Electoral Dania Paola Ravel, señaló que en una
mesa redonda se discuten tópicos de interés de la ciudadanía para poder definir
su voto; por lo tanto, tienen que seguir la misma lógica de los debates y, en
todo caso, realizarse con la presencia de un candidato.
Lo anterior fue respaldado por el Consejero Electoral Marco
Antonio Baños quien dijo que los candidatos podrán acudir a cualquier tipo de
mesa redonda, siempre y cuando no esté más de un candidato, y podrá estar
acompañado de analistas, de representantes de organizaciones sociales, de
académicos, de comunicadores, que lo estén cuestionando.
“No son reglas en rigor las que estaríamos emitiendo ahora,
pero sí estarían definiendo el punto de vista, la posición específica del
Instituto Nacional Electoral en un tema tan relevante”, concluyó.
En la intercampaña las y los candidatos sí pueden asistir a
eventos privados y a reuniones en las que expongan temas generales y de interés
público, siempre y cuando no llamen al voto, ni realicen actos anticipados de
campaña, de lo contrario, podrían ser sancionados incluso con la pérdida del
derecho de registro de su candidatura.
Por su parte, la Consejera Electoral Claudia Zavala advirtió
que lo que no se puede hacer en periodo de intercampaña es la “presentación de
las plataformas electorales de los candidatos”.
El Consejero Enrique Andrade puntualizó que en el extranjero
los precandidatos no podrán realizar actos públicos, llamados al voto y
contratación de medios.
Al manifestar sus votos en contra la Consejera Electoral
Pamela San Martín y el Consejero José Roberto Ruiz aseguraron que su postura se
justifica en que, de acuerdo con ellos, la respuesta fue generada a partir de
sentencias de la Sala Superior del TEPJF y no con base a normas y precedentes
del Instituto. De acuerdo con la Sala Superior del Tribunal, “no debemos emitir
criterios que llenen un vacío que la ley dejó”, agregó San Martín.
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