La SCJN confirmó la suspensión definitiva de granja porcina de Homún

La SCJN confirmó la suspensión definitiva de granja porcina de Homún

La SCJN confirmó la suspensión definitiva de granja porcina de Homún

  • Las y los ministros dan la razón a niñas y niños del pueblo maya de Homún
  • Granja porcina deberá permanecer cerrada hasta que se resuelva el juicio de manera definitiva 

Mérida, Yucatán.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó el día de hoy la suspensión definitiva de la granja porcina de la empresa “Producción Alimentaria Porcícola” (PAPO), aparcera de Grupo Porcícola Mexicano (Kekén, en favor de las niñas y niños del pueblo maya de Homún, informaron Kanan ts’ono’ot,  representantes de la infancia de Homún e Indignación.

Señalaron que la votación fue por unanimidad, con lo cual las ministras y ministros confirmaron la suspensión definitiva contra la granja, la cual deberá mantenerse cerrada hasta que se resuelva el juicio definitivo. 

La decisión de la SCJN vuelve a darle la razón al pueblo maya de Homún, particularmente a los niños y niñas mayas que a través de una demanda de amparo lograron paralizar la granja de 49,000 cerdos, desde el 9 octubre de 2018, cuando se les concedió la suspensión.

La decisión del máximo tribunal permite proteger el derecho a la salud, al medio ambiente y a una vida digna para las niñas y niños del pueblo maya de Homún. Al mismo tiempo sienta las bases para la resolución final, la cual aún está por resolverse en el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Yucatán.

Las operaciones de dicha fábrica están paralizadas desde el 9 de octubre de 2018 debido a la suspensión otorgada por la Juez Miriam de Jesús Cámara Patrón a partir del amparo promovido por seis niñas y niños de Homún, pueblo maya de Yucatán ubicado en la Reserva Geohidrológica Anillo de los Cenotes.

Homún lucha contra el establecimiento de la fábrica de cerdos de PAPO desde finales de 2016, cuando esa empresa obtuvo permisos de manera irregular y sin consultar al pueblo. 

La fábrica amenaza con contaminar el agua de esta reconocida fuente que es zona de recarga acuífera, enrarecer el aire y afectar la salud de niñas y niños, así como la de todos los pobladores de Homún, a quienes se les violó su derecho a la libre autodeterminación, incluyendo el derecho a una consulta previa, libre e informada, además de que representa una amenaza a su modo de vida y a la fuente de sus ingresos: el ecoturismo de cenotes. Entre las violaciones a los derechos humanos que ha generado la granja porcina se encuentran principalmente, el derecho a la salud, al agua, a un medio ambiente sano y al consentimiento libre, previo e informado y culturalmente adecuado.

Es así que la SCJN, al pronunciarse sobre el caso, sienta precedentes sobre las suspensiones durante el juicio de amparo, sobre el principio precautorio en materia ambiental y acerca del interés superior de la niñez:

El principio precautorio: este principio sostiene que, cuando pueda preverse graves afectaciones ambientales, no deberá exigirse la demostración de que la afectación ha tenido ya lugar, pues muchas veces el daño ambiental es lento e invisible, pero cuando se consuma, es ya irreparable. Aun cuando se carezca de certeza total y se esté ante un panorama de incertidumbre, las autoridades deberán adoptar medidas que impidan el daño ambiental a tiempo y dar así oportunidad a que puedan realizarse todas las pruebas necesarias.

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